Hermosillo, Sonora.- Una jueza falló a favor de dos menores trans, de 11 y 17 años, en Sonora para que rectifiquen su identidad ante el Registro Civil, es decir, que puedan cambiar al género y nombre de su elección; esto permite que ahora todas las infancias trans, que así lo desean, pueden hacerlo.
Los menores realizaron la solicitud correspondiente a través de sus tutores legales, pero, al inicio, les fue negada. Sin embargo, a través de una demanda de incumplimiento a la invalidez hacia la institución gubernamental, la asociación Sonora Trans A.C. logró el fallo a favor.


¿Pero qué significa esto? ¿Por qué una demanda por incumplimiento? ¿Qué incumplió el Registro Civil? Para ello, es importante entender primero el siguiente artículo de la Ley del Registro Civil para el Estado de Sonora.
El artículo 116 Bis dice que “pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para su reconocimiento de la identidad de género, previa la anotación correspondiente en el acta, las personas mayores de edad que requieran el reconocimiento de su identidad de género”.
María Fernanda Velarde, presidenta de Sonora Trans A.C. y abogada, explicó que en julio de 2023 la Suprema Corte de Justicia de la Nación le ordenó al Congreso de Sonora que quitara este candado para que menores de 18 años pudieran solicitar rectificación de género. Le dijo que a los 12 meses después de la notificación, entraría en vigor.
Es decir, el artículo es inválido desde julio de 2024, pero en Sonora no se ha hecho la modificación correspondiente en la Ley, por ello se le demandó por incumplimiento. Esto debe hacerse desde el Congreso del Estado.
“La jueza sentenció un fallo a favor de las infancias. Quiero decir, está reconociendo que efectivamente el Registro Civil está cometiendo un incumplimiento, porque esas palabras ya no tienen validez y tiene que reconocer el trámite a infancias y adolescencias trans”.
“A partir de aquí, ya se abre la puerta para los demás y no se tienen que estar metiendo demandas contra el Registro Civil, porque como no se trata de un amparo, la autoridad no puede incumplir cada vez que un menor lo solicita. De lo contrario se hacen acreedores a una sanción penal”.
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A través de sus redes sociales, la asociación Sonora Trans A.C. celebró el fallo hacia la niña trans de 11 años y el adolescente de 17 años, “queda como fecha histórica, celebramos este avance y lo estimamos como francamente relevante para el progreso de la sociedad sonorense”, expresaron.