Aún cuando este próximo mayo se cumplirán 6 años de aprobada la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Sonora, son únicamente 3 las personas que han recibido algún tipo de castigo por maltrato animal.
Esto se debe por diversos factores: el desconocimiento de las autoridades competentes de la existencia de la ley y cómo aplicarla adecuadamente, a la carencia de infraestructura para hacer cumplir la ley, y a la falta de conocimiento de la sociedad tanto de la existencia de la Ley así como al desconocimiento del proceso de denuncia del maltrato animal.
El maltrato animal, según lo define la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Sonora, es todo acto u omisión del ser humano que puede ocasionar dolor o sufrimiento, en detrimento del animal, poner en peligro la vida del animal, afectar gravemente su salud, así como la sobreexplotación de su trabajo.
Es también responsabilidad de la sociedad el conocimiento de los derechos y obligaciones que conlleva el tener una mascota o animal de compañía, ya que muchos de esos abusos son derivados del desconocimiento de tenencia responsable. Para que un propietario cumpla de manera correcta con el compromiso de tener un animal de compañía o mascota, debe considerar que asume la obligación de proveerle alimentos, resguardo, atención de la salud y trato respetuoso durante toda la vida, pero también el propietario tiene la responsabilidad de considerar riesgos derivados de la falta de cumplimiento de los compromisos que asume al adquirir una mascota.
Específicamente es considerado maltrato animal cualquier mutilación estética o que no se efectúe por necesidad; provocar que gatos y perros se ataquen entre ellos o a las personas y hacer de las peleas así provocadas un espectáculo público o privado; torturar, maltratar o negligencia ante un acto de maltrato; suministrar o aplicar sustancias tóxicas; abandono; amarrados, mantenerlos en lotes baldíos , en azoteas; utilizar bozales sin rejillas; descuidar su morada, las condiciones de aire, abrigo, alimento, movilidad, higiene y albergue; actividades de zoofilia.
Los animales en el estado de Sonora son considerados como seres sintientes; teniendo en cuenta estas definiciones es responsabilidad tanto de las autoridades el aplicar esta ley así como de la sociedad el denunciar para que se haga valer.