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sábado, febrero 21, 2026

Suprema Corte ordena a Elba Esther Gordillo pagar más de 19 mdp a Hacienda por ISR omitido

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó firme la sentencia que obliga a Elba Esther Gordillo, exlideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), a pagar un crédito fiscal de 19 millones 269 mil 323 pesos por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) omitido durante los ejercicios fiscales de 2008 y 2009.

La resolución se produjo luego de que la exdirigente solicitara a la Corte revisar su caso, argumentando la presunta inconstitucionalidad de diversos artículos del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, al considerar que vulneraban sus garantías de audiencia y su derecho al acceso efectivo a la justicia.

Sin embargo, durante la sesión celebrada el 19 de febrero de 2026, los ministros determinaron de manera unánime que no existen cuestiones de constitucionalidad que ameriten su intervención, dejando así firme el fallo previo.

El proyecto fue presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien propuso declarar fundado el recurso de reclamación interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Origen del adeudo

De acuerdo con el expediente judicial, la autoridad hacendaria detectó ingresos distintos a sueldos y salarios, identificados como depósitos bancarios y pagos a tarjetas de crédito y de servicios.

Aunque Gordillo sostuvo que dichos recursos fueron utilizados en representación del sindicato para congresos y reuniones, la autoridad fiscal concluyó que no se acreditó una orden o comisión específica que justificara esos gastos.

Ratifican criterio sobre carga probatoria

La resolución de la SCJN confirma el criterio del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, instancia que previamente había negado el amparo.

Dicho tribunal estableció que correspondía a la contribuyente conservar y presentar la documentación comprobatoria que demostrara que los gastos fueron realizados en nombre del sindicato.

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Con esta decisión, la Corte cierra la vía constitucional del litigio y deja firme la obligación de la exdirigente sindical de cubrir el monto determinado por la autoridad fiscal.

Con información de Político MX

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