Ante la circulación de versiones que advertían sobre un supuesto bloqueo generalizado de cuentas bancarias al inicio de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió una aclaración para desmentir dicha información y evitar confusión entre los contribuyentes.
La autoridad fiscal aseguró que no cuenta con facultades extraordinarias para congelar cuentas de manera masiva ni tiene previsto aplicar medidas especiales al comenzar el año. De acuerdo con el organismo, los mensajes difundidos en redes sociales y plataformas digitales carecen de sustento oficial.
El SAT explicó que durante el mes de enero no se incrementan las acciones de fiscalización ni se imponen sanciones automáticas por presuntas irregularidades fiscales. Asimismo, puntualizó que los bloqueos de cuentas bancarias no se realizan de forma inmediata ni arbitraria ante posibles adeudos o movimientos financieros atípicos.
La dependencia reiteró que todos los procedimientos fiscales se rigen por procesos legales previamente establecidos, en los cuales se respetan los derechos de los contribuyentes y se actúa bajo criterios de transparencia y legalidad.
En este contexto, el SAT exhortó a la población a consultar únicamente información proveniente de canales oficiales y a no difundir rumores que generen alarma innecesaria. Subrayó que no existe ningún operativo en preparación para congelar cuentas de forma generalizada ni cambios en los esquemas habituales de revisión fiscal.
Deducciones personales: lo que permite la ley
Para que un gasto pueda considerarse deducible, es indispensable contar con una factura electrónica válida, cuyo RFC coincida con el del contribuyente. Además, el pago debe efectuarse mediante transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo.
Entre los gastos autorizados se encuentran los médicos y hospitalarios, funerarios, donativos, primas de seguros de gastos médicos mayores, colegiaturas, transporte escolar, intereses reales de créditos hipotecarios y aportaciones para el retiro.
El límite de deducción corresponde a cinco UMA anuales o al 15% del ingreso total, aplicándose siempre el monto menor. Las personas inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza no pueden acceder a este beneficio.
Por otra parte, el SAT recordó que los depósitos bancarios acumulados iguales o superiores a 600 mil pesos en un año deben declararse. Omitir estos ingresos puede derivar en sanciones, ya que la autoridad fiscal busca evitar la clasificación de recursos como ingresos no justificados.


