El Tercer Tribunal Colegiado en materia Penal le concedió el amparo a Alonso Ancira Elizondo y dejó sin efecto la orden de aprehensión que se libró en su contra por lavado de dinero.
Los magistrados resolvieron que el juez de control no hizo un análisis para establecer si la Fiscalía General de la República (FGR) justificó la necesidad de cautela, es decir, si la orden de captura es o no la única forma de conducir a proceso al dueño de Altos Hornos de México.
Por este motivo, el Tribunal ordenó al juzgador reponer el procedimiento y valorar si debe o no librarse la orden de aprehensión.
Asimismo, explicó que el delito de lavado de dinero aún no ha prescrito, ya que para ello debe pasar un año, contado a partir de que la Secretaría de Hacienda tiene conocimiento del hecho y de quien lo cometió.
En este caso, Pemex presentó la denuncia ante la FGR el 7 de marzo de 2019 y la Unidad de Inteligencia Financiera hizo lo propio el 23 de mayo del mismo año, es decir, en un plazo menor al máximo de un año.
Información de mvsnoticias.com