Un cargamento internacional declarado como café tostado y molido terminó bajo resguardo de las autoridades en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), luego de que binomios caninos detectaran una sustancia que podría tratarse de cocaína.
Elementos de la Secretaría de Marina (Semar), en coordinación con personal de Aduanas y binomios caninos, inspeccionaron un embarque compuesto por más de 3 mil bolsas de café, con un peso aproximado de una tonelada.
Durante la revisión se detectó que el cargamento estaba contaminado con un polvo blanco que, de acuerdo con la información preliminar del Gabinete de Seguridad, correspondería a presunta cocaína base, con un peso aproximado de mil 77 kilogramos.
El embarque quedó bajo resguardo de la Aduana del AICM, donde se realizaron las diligencias correspondientes para determinar la naturaleza de la sustancia. Las autoridades señalaron que el material será sometido al dictamen técnico definitivo antes de ser puesto a disposición de la Fiscalía General de la República (FGR).
El caso llamó la atención debido a que la droga habría sido incorporada a una mercancía lícita destinada al tránsito internacional, lo que podría constituir una modalidad de contaminación de productos para facilitar el traslado transnacional de sustancias ilícitas.
Una modalidad distinta de contrabando
El aseguramiento también puso nuevamente bajo la lupa las distintas formas en que mercancías ilegales pueden intentar atravesar los controles aduanales.
Julio Cantú Salazar, creador y CEO de Aduanapp, explicó a medios que existen diferencias entre el contrabando técnico y el contrabando físico. El primero ocurre cuando una mercancía es declarada ante las autoridades, pero la información proporcionada es incorrecta o incompleta.
“El contrabando técnico es en el que traen un producto y declaran otro en los documentos internacionales, mientras que el contrabando físico —el cual es más difícil de detectar— es cuando las mercancías cruzan de manera física y no declaradas”, explicó.
El contrabando técnico puede involucrar descripciones erróneas de mercancías, clasificaciones arancelarias incorrectas u omisiones de regulaciones, mientras que el contrabando físico ocurre cuando los productos ingresan o salen del país sin ser declarados y evaden los controles correspondientes.
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En el caso detectado en el AICM, las autoridades deberán determinar mediante los análisis correspondientes la naturaleza exacta de la sustancia asegurada y establecer las responsabilidades que pudieran derivarse de la operación.



