Se estima que hay un total de 35 millones de deudores alimentarios morosos en México, según información de la Red Nacional de Deudores Alimentarios.
Datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), revelan que aproximadamente 13.4 millones de mujeres mexicanas, es decir casi el 35% de este sector, sufre violencia económica.
De acuerdo con la institución, al menos 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión, lo que se traduce al 75% de los casos en el país.
Asimismo, más del 67% de las más de 4 millones de madres solteras se enfrentan a la evasión de sus exparejas respecto a las obligaciones alimentarias.
Por tal motivo, mujeres integrantes del Frente Nacional contra Deudores Alimentarios emprendieron acciones con el fin de exhibir a padres de familia que no pagan la pensión.
En los últimos días de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la llamada Ley 3 de 3 contra agresores de mujeres y deudores del pago de pensiones alimentarias.
Esta Ley impide a personas que se encuentren en dicha situación ocupar cargos públicos y de elección popular.
Es decir, que en esos casos la persona interesada no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular.
Además, no podrá ser nombrada para algún empleo, cargo o comisión en el servicio público, de acuerdo con la información de la Cámara de Diputados.
Dicha ley entró en vigor desde los primeros días de junio del presente año y estableció la suspensión de derechos a los violentadores de mujeres y deudores alimentarios.
La legislación aplicará a cualquier persona con una sentencia firme por la comisión intencional.
“De delitos contra la vida y la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, la violencia familiar, la violencia familiar equiparada o doméstica, la violación a la intimidad sexual, o la violencia política contra las mujeres en razón de género en cualquiera de sus modalidades”.
Ante ello, en el Senado, a finales de marzo de 2023, se aprobó por unanimidad la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios.
Será de carácter público y que abarcará múltiples limitantes para las personas que sean registradas.
Este proyecto derivó de una serie de reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la cual buscará garantizar que personas deudoras de manutención cumplan con sus obligaciones.
La minuta fue aprobada por la Cámara de Diputados y enviada al Senado desde 2019; sin embargo, fue congelada por cuatro años hasta que la senadora Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Comisión de Justicia, la rescató nuevamente.
Por tal motivo, fue aceptada por las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Primera el pasado 22 de febrero y pasada al Pleno el pasado miércoles 22 de marzo, donde fue finalmente aprobada.
Las cifras de los padres solteros en México
De acuerdo con estudio publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), datos relacionados con el Censo de Población y Vivienda de 2020, dentro del territorio mexicano existen 21.2 millones de hombres que son padres.
De ese porcentaje el 93.5% mencionaron estar casados o en unión libre, el 5.9% están separados y únicamente el 0.5% son padres solteros.
A pesar de que se trata de un porcentaje mínimo en comparación de las cifras de madres solteras, los padres que se dedican sólo al cuidado de sus hijos se enfrentan a una discriminación y rezago en diversos ámbitos.
A lo anterior se le considera como un acto de discriminación hacia los hombres que crían a sus hijos solos, por la falta de acceso a los programas sociales y apoyos económicos.
Asimismo, las leyes cuentan con múltiples estigmas sociales respecto al tema de padres solteros, ya que se considera que el hombre no puede cumplir con ese rol.
Información de Infobae