Hermosillo, Sonora.- Los elementos de Seguridad Pública Municipal así como Juez Calificador y Médico, actuaron acorde a lo establecido en los protocolos de detención aplicables cuando una persona altera el orden o violenta la normatividad contemplada en el Bando de Policía y Gobierno, externó el Secretario del Ayuntamiento de Hermosillo.
Joaquín Rodríguez Vejar, indicó que en el caso de Jesús Benjamín Hurtado Aguirre, ex funcionario de Relaciones Exteriores, quien fue detenido y sancionado administrativamente por hechos sucedidos el viernes pasado en un restaurante de la ciudad, la policía municipal actuó en todo momento apegada a derecho.
Como se recordará, a través de redes sociales, la noche del pasado viernes, circularon videos de conocido restaurante en donde acudieron elementos de la Policía Municipal para atender el reporte de una persona que se encontraba, al parecer, en estado inconveniente e involucrado en riñas.
En el lugar, un grupo de personas señalaron a Hurtado Aguirre como el responsable de escandalizar al interior de las instalaciones, motivo por el cual fue presentado ante el juez calificador en la comandancia Centro, en donde un médico legista valoró su estado de salud y se le dio su derecho de audiencia.
Luego de su valoración y audiencia, el juez determinó imponer un arresto administrativo de 36 horas por infringir el Bando de Policía y Gobierno de Hermosillo al encontrarse en estado de ebriedad, alterar el orden público y desobedecer la orden de un oficial en funciones (artículo 157 fracción II y XXV y 162 fracción V y 164 fracción X del Bando de Policía y Gobierno para el municipio de Hermosillo.)
Dado que la persona se encontraba en estado de embriaguez al momento de ser presentado, el juez consideró como medida preventiva aplicar directamente el arresto, por considerar dichas faltas como graves.
Derivado del estado de salud en que se encontraba, fue trasladado al Hospital General en donde conforme a su derecho solicitó, internarse en una clínica privada para ser atendido.
Una vez recuperado al día siguiente, se le permitió conmutar su arresto por el pago de una multa, como establece el artículo 253 de la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Sonora.
“Es importante señalar que el caso en cuestión y las decisiones tomadas al respecto, se enmarcan dentro de lo que la ley establece para los mismos y evidentemente son aplicables a toda la ciudadanía sin distinción” puntualizó el Secretario de la Comuna.