El Senado de la República aprobó una reforma constitucional que permitirá anular elecciones cuando se compruebe intervención o injerencia extranjera en los procesos electorales. La iniciativa obtuvo 85 votos a favor y 42 en contra.
Se trata de un proyecto de decreto que adiciona un inciso a la base VI del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con lo que alcanzó la mayoría calificada necesaria para su aprobación.
En lo particular, senadores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano presentaron diversas reservas para modificar el dictamen; sin embargo, estas no fueron aceptadas por la Asamblea, por lo que el documento fue avalado en sus términos.

En el dictamen se señala que el artículo 41 vigente contempla causales de nulidad relacionadas con el exceso de gasto de campaña, la adquisición indebida de cobertura informativa en radio y televisión, así como el uso de recursos públicos o de procedencia ilícita, pero no establece de manera expresa actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales como causal directa de nulidad.
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La reforma, añade el documento, responde a que las causales actuales fueron diseñadas para proteger la equidad de la contienda frente a conductas internas, principalmente vinculadas con gasto, cobertura mediática y uso indebido de recursos.
No obstante, advierte que las nuevas formas de intervención extranjera pueden operar mediante mecanismos distintos, como la manipulación digital, el financiamiento opaco, los ciberataques y las campañas coordinadas de desinformación.
Durante la presentación del dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Óscar Cantón Zetina, afirmó que el proyecto “tiene un propósito superior, profundamente democrático y patriótico, porque se trata de garantizar que en México las decisiones las tome el pueblo, sin presiones, sin dinero extranjero, sin campañas de manipulación, sin intereses externos disfrazados de asociación civil, de opinión pública o de supuesta democracia”.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, aseguró que la nueva causal de nulidad “no es automática ni discrecional”, por lo que para que proceda deberá acreditarse objetivamente la existencia de actos de intervención o injerencia extranjera, así como la gravedad y el dolo de estas prácticas. Además, indicó que también deberá probarse que estas conductas fueron determinantes en los resultados electorales.
Tras su aprobación en lo general y en lo particular en el Senado de la República, el dictamen fue enviado a los congresos de las entidades federativas para los efectos del artículo 135 constitucional.
Con información de López-Dóriga Digital.


