El Senado francés dio un paso decisivo para eliminar del Código Civil la noción de “deber conyugal”, entendida como la obligación de mantener relaciones sexuales dentro del matrimonio, al aprobar una iniciativa con 202 votos a favor y solo dos en contra.
La Cámara Alta informó que la reforma busca alinearse con la reciente jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). “Tiene como objetivo reafirmar que no existe ningún deber conyugal entre los esposos”, señaló el Senado en un comunicado.
Aunque la legislación francesa ya no establece de forma explícita esta obligación desde hace décadas, su interpretación persistía en algunos fallos judiciales debido a la ambigüedad de ciertos artículos del Código Civil. Esta noción tiene raíces históricas que se remontan a 1804, durante la era de Napoleón Bonaparte, cuando se establecía un “derecho de cohabitación” que evolucionó posteriormente hacia el concepto de “comunidad de vida”.

Si bien desde los años 90 la justicia francesa reconoce que cualquier relación sin consentimiento —incluso dentro del matrimonio— constituye violación, no fue sino hasta 2010 cuando se eliminó del Código Civil la presunción de consentimiento entre esposos.
No obstante, algunos jueces seguían considerando la ausencia de relaciones sexuales como causal de divorcio, lo que derivó en controversias recientes.
Uno de los casos más relevantes llevó a Francia a ser condenada por el TEDH, tras una sentencia de 2020 en la que se responsabilizó a una mujer en su divorcio por negarse a mantener relaciones sexuales durante una década, pese a que ella alegaba ser víctima de violencia doméstica.
Hace un año, el tribunal con sede en Estrasburgo determinó que “el matrimonio no puede asimilarse con el consentimiento de las relaciones sexuales”, sentando un precedente clave para la reforma.
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El proyecto, aprobado también por la Asamblea Nacional, será ahora analizado por una comisión mixta para resolver diferencias en su redacción antes de su eventual promulgación.


