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martes, diciembre 16, 2025

México amplía medidas de emergencia por plaga de gusano barrenador, informa Sader

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Ante la dispersión de la plaga conocida como Gusano Barrenador del Ganado (Cochliomyia hominivorax), la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) oficializó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo que modifica y amplía las medidas del Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal (Dinesa) con el objetivo de establecer controles más rigurosos para la movilización de animales.

El acuerdo también endurece la logística de transporte al prohibir la movilización de animales que presenten heridas abiertas, estén fatigados o enfermos. Asimismo, se establecen protocolos estrictos para los vehículos de carga y particulares en los Puntos de Verificación e Inspección (PVI) y Federales (PVIF).

“La diseminación de la plaga y su avance desde la frontera sur del territorio mexicano, hace necesario implementar mayores acciones y medidas zoosanitarias”, dice el texto oficial.

La autoridad sanitaria reconoce que la plaga ya tiene presencia en el sur y centro del país, representando una amenaza directa para las zonas que aún mantienen estatus libre.

“En razón de que la plaga del GBG [Gusano Barrenador del Ganado] se encuentra presente en el sur y centro del país, con riesgo de que se disemine hacia zonas ganaderas libres del norte de México, resulta necesario ampliar las medidas para prevenir, controlar y erradicar la miasis“, se lee en el acuerdo firmado por el secretario Julio Berdegué Sacristán.

La modificación al DINESA introduce el artículo 6 Bis, el cual establece una matriz de requisitos específicos según el origen y destino del ganado.

Así, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) instruye que para la obtención del Certificado Zoosanitario de Movilización (CZM), es obligatorio el tratamiento previo de los animales.

Además del tratamiento farmacológico, se ordena que el ganado sea “bañado por aspersión o inmersión con producto insecticida de efecto larvicida y será sujeto a inspección física a fin de descartar la presencia de heridas y/o gusaneras”.

Para el caso específico del transporte de equinos, el documento señala que queda restringida en su totalidad la movilización de equinos para matanza cuando el origen sea una zona afectada y el destino sea una zona libre o de amortiguamiento, a menos que se cumpla con una rigurosa inspección física y certificación por parte de un Médico Veterinario Tercero Especialista Autorizado.

El acuerdo reitera la obligatoriedad de notificar cualquier sospecha de la presencia de la mosca o larvas. Los productores, médicos veterinarios y el público en general deben reportar la presencia de “gusaneras” a través de la aplicación “AVISE” o a los números de emergencia del SENASICA.

Lee también: Aumentan casos de VIH en México tras superar pandemia por Covid-19; suman 15 mil en 2025

El acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación, activando de manera inmediata los protocolos descritos en las ocho regiones epidemiológicas.

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