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viernes, septiembre 11, 2026

¿Puede el SAT multar por tener dinero en efectivo en casa?

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La sociedad mexicana suele guardar dinero en casa ante la inseguridad que les puede generar algunas instituciones financieras, pero ¿el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría aplicar algún tipo de multa por tener cierta cantidad de dinero en efectivo en tu hogar?

Te explicamos.

A nivel nacional, no hay una ley que establezca un límite específico sobre cuánto dinero puede tener una persona en efectivo dentro de su hogar. Sin embargo, esto no significa que no haya riesgos asociados con mantener grandes sumas de efectivo, ya que la acumulación de dinero en efectivo puede levantar sospechas en caso de una auditoría o investigación fiscal.

El caso de que el SAT detecte movimientos financieros que no coincidan con los ingresos reportados en las declaraciones anuales, el contribuyente podría ser objeto de revisión.

Declaraciones y movimientos bancarios

Uno de los principales aspectos que deben tomar en cuenta las personas que manejan grandes sumas de dinero en efectivo es cómo esos recursos entran en el sistema bancario.

De acuerdo con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), los bancos están obligados a reportar depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos al SAT. Si una persona intenta depositar una cantidad superior sin justificar su origen, podría generar sospechas y posibles auditorías.

“Las personas físicas y morales respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan en las instituciones del sistema financiero, cuya suma exceda 15,000 pesos en un mes. Por las adquisiciones en efectivo de cheques de caja, independientemente del monto del cheque adquirido”, informó el SAT.

¿Cuándo dinero en efectivo puedo usar para comprar una casa o vehículo?

Por su parte, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita regula los montos permitidos en el uso de efectivo para la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes en moneda nacional o cualquier otra divisa y Metales Preciosos.

Estos montos se expresan en Unidades de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor para 2024 es de $108.57 pesos mexicanos por UMA.

  1. -Compraventa de inmuebles: Hasta 8,025 UMA, equivalente a $871,274.25 MXN.
  2. -Compraventa de vehículos (nuevos o usados, aéreos, marítimos o terrestres), relojes, joyería, metales preciosos, piedras preciosas y obras de arte: Hasta 3,210 UMA, equivalente a $348,509.70 MXN.
  3. -Adquisición de boletos para juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como entrega de premios por participación en estos juegos: Hasta 3,210 UMA, equivalente a $348,509.70 MXN.
  4. -Servicios de blindaje: Hasta 3,210 UMA, equivalente a $348,509.70 MXN.
  5. -Compraventa de acciones o partes sociales: Hasta 3,210 UMA, equivalente a $348,509.70 MXN.
  6. -Arrendamiento de inmuebles y vehículos: Hasta 3,210 UMA, equivalente a $348,509.70 MXN.
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