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miércoles, febrero 18, 2026

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Autoridades mexicanas inmovilizaron más de 10 mil unidades de productos nacionales e importados que estaban exhibidos en supermercados de la Ciudad de México por incumplir con el etiquetado frontal de alimentos, implementado en 2020.

“La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), realizaron visitas de verificación a supermercados en la Ciudad de México, donde fueron inmovilizados 10 mil 075 productos nacionales e importados como medida precautoria por incumplir la norma NOM-051”, señalaron este miércoles las dependencias en un comunicado conjunto.

De acuerdo con la regulación nacional, la información nutricional debe aparecer con “caracteres claros, visibles, indelebles y en colores contrastantes”.

Las autoridades detallaron que la revisión se hizo en varios establecimientos de la capital mexicana donde se realizaron visitas para verificar el cumplimiento de la norma y comprobar que los consumidores sean informados adecuadamente sobre los productos que adquieren.

Entre los productos que incumplían con el etiquetado estaban más de 80 marcas de diversos productos como chocolates en polvo, jarabes para malteada, chocolate de mesa, galletas, cereales, jarabe de maíz, gelatinas, entre otros.

Las dependencias informaron que los productos presentaban irregularidades como omitir sellos de exceso de calorías o exceso de azúcares, omisión de leyendas de alérgenos y las asociadas al contenido de cafeína y edulcorantes.

Además, algunos de ellos presentaban imágenes interactivas en productos con sellos de advertencia o etiquetado derogado.

Recordaron que la regulación nacional es de “carácter obligatorio” y, en materia de etiquetado, establece la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado del producto preenvasado destinado al consumidor final, tanto de fabricación nacional como extranjera y comercializado en territorio nacional.

Además “los sellos de advertencia nutrimental deben estar situados al frente de los empaques”.

En octubre de 2020 entró en vigor en México el etiquetado frontal para alimentos y bebidas procesados, una medida que las autoridades mexicanas fijaron como parte de las acciones para prevenir el aumento de casos de sobrepeso y obesidad en el país.

De acuerdo con la ley, los productos industrializados y bebidas azucaradas deben rotularse con un etiquetado de advertencia o con las características nutricionales en las que el producto supera el valor establecido.

Estas deben contener un símbolo octagonal de fondo negro y borde blanco que diga “Alto en”, seguido de la característica que se tenga que destacar ya sea grasas, saturadas, sodio y azúcares, entre otras.

Entre los productos asegurados en los establecimientos destacan:

  • Galletas sándwich sabor a chocolate con relleno cremoso, sabor a vainilla, marca Oreo, 273.6 g.
  • Galletas chunky, marca Chips Ahoy!, 333 y 552 g.
  • Chocolate en polvo, fortificado con vitaminas y minerales, marca Choco Tavo, 350 g.
  • Cereal de avena tostado y endulzado con malvaviscos, marca Lucky Charms, 309 g.
  • Polvo para preparar una bebida sabor a chocolate, marca Choco Tavo, 327 g.
  • Salsa pesto, marca Filippo Berio, 190 g.
  • Bombón blanco, marca Kraft, 283 g.
  • Don Gustavo, chocolate para mesa, 540 g.
  • Fritura de maíz, marca Doritos, 262.2 g.
  • Jarabe para malteada sabor vainilla, chocolate y fresa, marca D’Gari, 453 g.
  • Pop Corn sabores flamin hot y queso, marca Cheetos, 396.9 g.
  • Jarabe de maíz líquido, marca Hershey’s, 623 g.
  • Gelatina sabor limón, marca JELL-O, 85 g.
  • Chocolate para mesa tradicional mexicano, marca Chocolate Ibarra, 540 g.

Con información de EFE

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