El Congreso de Estado de México aprobó reformas al Código Penal para prohibir y sancionar hasta con tres años de prisión y 200 días multa, las terapias de conversión por orientación sexual, expresión o identidad de género en la entidad.
Sanciones. Las reformas aprobadas establecen que a quien someta, coaccione u obligue a otro, a recibir o realizar procedimientos o métodos con la finalidad de cambiar su orientación sexual, y derivado de éstos se afecte su integridad física o psicológica, se le impondrá de 1 a 3 años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad y de 50 a 200 días multa.
Dichas penas aumentarán hasta en una mitad cuando se cometan contra menores de edad, personas con discapacidad, adultos mayores, personas privadas de libertad o quienes no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho.
¿Qué se dijo? El dictamen fue presentado por la diputado de Morena, Beatriz García Villegas, quien remarcó que las terapias de conversión consisten en sesiones psicológicas, psiquiátricas o tratamientos en las que se emplea violencia física, moral, psicoemocional o sexual, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la autodeterminación sexual de las personas.
Fuente: Político MX