La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves a favor del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y revocó la admisión del amparo que había promovido Grupo Elektra contra un crédito fiscal por 33 mil millones de pesos.
Por unanimidad de votos, las y los ministros aprobaron el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, quien concluyó que el recurso interpuesto por la empresa de Ricardo Salinas Pliego era improcedente, confirmando así la validez del cobro millonario exigido por el fisco.
El caso se remonta a agosto de 2024, cuando la entonces ministra presidenta Norma Piña Hernández admitió el amparo directo en revisión 6321/2024 promovido por Elektra, en el que la compañía impugnaba el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal de 2013.
Posteriormente, la Secretaría de Hacienda y el SAT interpusieron un recurso de reclamación contra la decisión de Piña Hernández, argumentando que el caso no tenía interés constitucional y que la admisión carecía de fundamentos jurídicos.
El asunto fue turnado inicialmente al ministro Alberto Pérez Dayán, pero tras la renovación parcial del Pleno, pasó a la ponencia del ministro Guerrero García, quien destacó que no existían elementos extraordinarios que justificaran la revisión.
Durante la sesión, los ministros Giovanni Figueroa Mejía, Lenia Batres y Hugo Aguilar Ortiz coincidieron en que el caso no planteaba cuestiones novedosas y que Elektra ha promovido múltiples recursos para evitar el pago del crédito fiscal.
Antes de la votación, la SCJN también declaró no legal el impedimento que había solicitado Grupo Elektra para excluir de la discusión a las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres.
Con esta decisión, Grupo Elektra deberá cumplir con el pago de los 33 mil millones de pesos correspondientes al crédito fiscal determinado por el SAT.
Con información de Latinus



