El Servicio de Administración Tributaria (SAT) modificó las reglas relacionadas con los depósitos bancarios para reforzar el control fiscal y la transparencia en el manejo de ingresos. Las actualizaciones fueron publicadas recientemente en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
De acuerdo con el artículo 59 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los depósitos que recibe una persona pueden considerarse ingresos gravables si no están registrados en su contabilidad o no se puede comprobar su origen. Con la reciente modificación, “el nuevo límite en depósitos para no pagar impuestos extra o ser multado es de 2 millones 28 mil 610 pesos anuales”, indica la actualización del CFF.
Esto implica que quienes no estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o no lleven contabilidad y reciban depósitos superiores a dicha cifra en un año, serán sujetos de presunción de ingresos por parte del SAT, a menos que acrediten su procedencia legal, como herencias, préstamos o donaciones.
Para evitar multas o sanciones, la autoridad fiscal recomienda mantener actualizada la información en el RFC, presentar declaraciones en tiempo y forma, registrar adecuadamente los movimientos bancarios y revisar con frecuencia el Buzón Tributario. El SAT señaló que este ajuste busca “restablecer condiciones de competencia equitativa” y reforzar la transparencia fiscal.
Con información de Radio Fórmula



