Siete ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentarán este martes su renuncia como miembros del Máximo Tribunal del país, la cual se hará efectiva en agosto de 2025. Esta decisión, que se prevé se haga oficial este 29 de octubre, les permitirá acceder a un “haber de retiro” vitalicio, tal como lo establece la Ley.
Los ministros que renunciarían a su cargo son Ana Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Javier Laynez Potisek, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Luis María Aguilar Morales.
En tanto, la Ministra presidenta Norma Piña Lucía Piña Hernández y las ministras Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres se mantendrán en su cargo por ahora. En el caso del Ministro Luis María Aguilar Morales, este concluirá su encargo de 15 años de servicio el próximo 30 de noviembre.
“Están declinando a participar, de cualquier manera, permanecerán en el cargo hasta agosto de 2025, salvo una excepción que es un mandato que culmina en breve, el 30 de noviembre para ser preciso”, escribió esta tarde el presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña.
En efecto, la reciente Reforma Judicial establece que los ministros en activo que deseen conservar su derecho al retiro deben renunciar este año, aunque esta se haga efectiva el 2025. En el proceso electoral que se realizará el domingo primero de junio del 2025, se elegirán nueve ministros, para renovar totalmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Cuando los ministros se retiran sin haber cumplido quince años en el ejercicio del cargo, también tienen derecho a esta remuneración, pero de manera proporcional al tiempo de su desempeño: como sucede con Eduardo Medina Mora, quien estuvo poco más de tres años, y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien se desempeñó como Ministro 13 años.
El Artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala que “al retirarse del cargo, las y los ministros tendrán derecho a un haber por retiro de carácter vitalicio, el cual será equivalente al cien por ciento durante los dos primeros años y al ochenta por ciento durante el resto del tiempo, del ingreso mensual que corresponda a las y los ministros en activo”.
“Cuando las y los ministros se retiren sin haber cumplido quince años en el ejercicio del cargo, tendrán derecho a la remuneración a que se refiere el párrafo anterior de manera proporcional al tiempo de su desempeño”, se lee en mismo articulado.
Y concluye: “En caso de fallecimiento de las y los ministros durante el ejercicio del cargo o después de concluido, su cónyuge y sus hijos e hijas menores o que tengan alguna incapacidad para trabajar para su subsistencia tendrán derecho a una pensión equivalente al cincuenta por ciento de la remuneración mensual que en términos de los dos párrafos anteriores debía corresponder al propio Ministro o Ministra. El o la cónyuge dejará de tener derecho a este beneficio, al contraer matrimonio o al entrar en concubinato, y los menores al cumplir la mayoría de edad”.
Actualmente hay 9 Ministros en retiro, producto de la Reforma de Enresto Zedillo, que reciben hoy en día una pensión vitalicia. Los otros, de acuerdo con información del propio Poder Judicial, son: Victoria Adato Green, Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Irma Cue Sarquis, José de Jesús Duarte Cano, Clementina Gil Guillen, Luis Felipe López Contreras, Ulises Sergio Schmill Orodoñez, Carlos Sempe Minvielle.
Los otros 10 ministros que se han retirado desde 2009 reciben un “haber por retiro”, que de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación es de carácter vitalicio y equivalente al 100 por ciento durante los dos primeros años y al ochenta por ciento durante el resto del tiempo, del ingreso mensual que corresponda a las y los ministros en activo. Es el caso de: Mariano Azuela Güitrón, Genaro David Góngora Pimentel, Guillermo Ortiz Mayagoitia, Olga Sánchez Cordero, Juan Silva Meza, José Ramón Cossío, Margarita Luna Ramos y José Fernando Franco González-Salas.