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jueves, abril 16, 2026

Suprema Corte mantiene prisión preventiva oficiosa, excepto para delitos fiscales, en México

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Ciudad de México, 24 de noviembre (SinEmbargo).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional por mayoría calificada la prisión preventiva oficiosa en delitos fiscales, luego de que quedara pendiente la pronunciación de algunos ministros sobre el proyecto del Ministro Luis María Aguilar Morales.

La votación tuvo a seis de 11 ministros en contra de esta nueva propuesta del Ministro Aguilar, la cual requería ocho votos para que fuera aprobada, por lo que se mantendrá sin cambios la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, excepto para los delitos de contrabando, defraudación fiscal y los denominados “factureros”.

El proyecto proponía interpretar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para anteponer el principio de pro persona y de presunción de inocencia ante la medida de prisión preventiva oficiosa.

El Ministro Aguilar Morales planteaba que esta medida cautelar no se aplique de forma automática, sino que se analice caso por caso.

En un segundo intento para poder eliminar la prisión preventiva oficiosa, el Ministro Aguilar Morales planteó hacer una “interpretación conforme en sentido amplio” de la Constitución federal y anteponer el principio pro persona y de presunción de inocencia.

“De esta manera, se debe entender a la prisión preventiva oficiosa como una medida cautelar no automática”, explicó Aguilar Morales en su nuevo proyecto. “El carácter oficioso de la medida cautelar únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el Juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar”, completó.

El Ministro Aguilar Morales planteaba que esta medida cautelar no se aplique de forma automática, sino que se analice caso por caso.

En un segundo intento para poder eliminar la prisión preventiva oficiosa, el Ministro Aguilar Morales planteó hacer una “interpretación conforme en sentido amplio” de la Constitución federal y anteponer el principio pro persona y de presunción de inocencia.

“De esta manera, se debe entender a la prisión preventiva oficiosa como una medida cautelar no automática”, explicó Aguilar Morales en su nuevo proyecto. “El carácter oficioso de la medida cautelar únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el Juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar”, completó.

El Presidente Andrés Manuel López Obrador rechazó reiteradamente el proyecto, asegurando que la postura de eliminar la prisión preventiva oficiosa implicaría la pérdida de vidas humanas, tanto de víctimas como de elementos de la policía, el Ejército y los propios jueces.

Este jueves, en su conferencia matutina diaria, el Presidente criticó al Poder Judicial por la discusión del proyecto. “[Están] discutiendo para que no haya prisión preventiva a los defraudadores fiscales. ¿Cómo van a estar protegiendo factureros y a quienes se hicieron inmensamente ricos y van a seguir? ¿Vamos a seguir con lo mismo? Lo que surgió hace 15 años, el uso de facturas falsas, que era un descaro tremendo. Y ahora que es un delito grave lo quieren quitar”, criticó.

Actualmente existe una población total de 226 mil 916 personas privadas de la libertad en centros penitenciarios. De ese universo de personas, 134 mil 321 equivalentes al 59.2 por ciento, se encuentran cumpliendo una sentencia de condena. Sin embargo, 92 mil 595 equivalentes al 40.8 por ciento se encuentran bajo proceso penal en prisión preventiva, sin tener una condena que les hubiera permitido defenderse en un proceso contradictorio con las garantías del imputado, de acuerdo con el “Cuaderno mensual de información estadística penitenciaria nacional de junio de 2022” emitido por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana federal.

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