Hermosillo, Sonora.- Actualmente en el caso de la contingencia si una empleado es despedido de su trabajo debe ser liquidado conforme a la ley y recibir sus prestaciones, en el caso de permanencia en el hogar percibirá el salario mínimo, indicó Horacio Valenzuela.
El secretario del Trabajo en Sonora detalló que los trabajadores del transporte, bancos, gasolineras, farmacias y servicios relacionados a la cadena alimenticia no pueden suspender labores.
“Cualquier actividad que no esté vinculada con la cadena alimentaria o de salud y todos los servicios que apoyan son actividades protegidas por ese decreto y no pueden interrumpirse esas actividades porque la gente no padecería por la pandemia sino hambruna al paralizarse estas actividades”, apuntó.