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jueves, enero 22, 2026

Planta cervecera en Mexicali viola el derecho humano al agua: CNDH

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La Comisión Nacional de Derechos Humanos definió que la construcción y operación de una planta cervecera de la empresa Constellation Brands en Mexicali, Baja California, viola el derecho humano al agua de los habitantes de dicho municipio, en el norte del país.

“Este Organismo Nacional concluyó que el abastecimiento otorgado a la planta cervecera, la cual únicamente en su primera etapa dispondrá de un suministro anual garantizado de hasta 7 mil millones de litros de agua, repercute en la disponibilidad y accesibilidad del líquido vital para las generaciones presentes y futuras, especialmente para fines domésticos”, señaló la Comisión, en un comunicado.

“Para acreditar lo anterior, la CNDH analizó ampliamente el contexto en el que se suscitan las violaciones al derecho humano al agua, a través de variables como las características climáticas del Valle de Mexicali, la distribución de los volúmenes hídricos del régimen de concesiones y asignaciones, al igual que las especificaciones del consumo empleado por la industria cervecera”, agregó.

En su mensaje la Comisión acusó una “gestión ineficiente del agua” por parte de la Conagua y del Gobierno del Estado de Baja California – la polémica sobre este caso de la planta cervecera comenzó con el gobierno anterior, de Francisco Vega, aunque ahora la recomendación llega al gobierno de Jaime Bonilla -, al no adoptar una perspectiva de derechos humanos en la administración de los recursos hídricos, por lo que a ambas instancias les dirigió una recomendación.

“Si bien el acceso al agua mediante concesiones para uso industrial estaba restringido por la existencia de vedas en los recursos hídricos superficiales y del subsuelo, el abastecimiento de la planta cervecera se verificó a través de la red de agua potable operada por la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali (CESPM), previa cesión de derechos uso agrícola pertenecientes en su mayoría al Distrito de Riego del Río Mexicali”, detalló la CNDH.

“Lo anterior, sin existir certidumbre en cuanto al suministro con que efectivamente cuenta la empresa encargada del proyecto, y si las transmisiones de derechos de riego se adecuaron al régimen de la materia”, agregó.

En otro punto de su mensaje, la CNDH recomendó a la directora de Conagua y al gobernador de Baja California “elaborar un protocolo para la evaluación de factibilidad del suministro de usuarios industriales con alto consumo por parte de las comisiones estatales de servicios públicos, el cual deberá prever, entre otros, el análisis de disponibilidad de recursos hídricos, estudio de riesgos e impactos en la provisión a otros usuarios del servicio público, al igual que medidas para la protección prioritaria del abastecimiento humano para fines personales y domésticos”.

A la Conagua le recomendó “realizar las investigaciones necesarias para esclarecer la legalidad de las cesiones de derechos tramitadas ante esa autoridad a favor de la CESPM, además de difundir las documentales referentes a dichos actos de transmisión”.

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