El Gobierno de Oaxaca busca endurecer la regulación del transporte operado mediante plataformas digitales como Uber y DiDi, al proponer una nueva Ley de Movilidad que obligaría a estas empresas a registrarse oficialmente y obtener permisos anuales para poder operar.
La iniciativa, presentada el pasado 8 de abril por el gobernador Salomón Jara Cruz ante el Congreso local, contempla un total de 318 artículos que sustituirían la legislación vigente desde 2019 y actualmente se encuentra en análisis en comisiones de la LXVI Legislatura.
Entre los puntos más relevantes, se establece que las plataformas digitales deberán registrarse ante la Secretaría de Movilidad y contar con un permiso especial renovable cada año. De no cumplir con esta disposición, podrían enfrentar sanciones administrativas, mientras que quienes organicen transporte ilegal podrían recibir penas de hasta seis años de prisión.

Además, las empresas tecnológicas asumirían responsabilidad solidaria junto con sus conductores ante usuarios, terceros y el Estado por cualquier daño o incumplimiento, y tendrían prohibido ofrecer servicios fuera de sus propias aplicaciones.
Uno de los cambios más significativos es el reconocimiento legal de los mototaxis, que durante años han operado sin un marco jurídico en regiones como el Istmo de Tehuantepec, la Costa y la Sierra Sur. Con esta reforma, su actividad quedaría regulada por primera vez.
La iniciativa también establece un plazo de 180 días hábiles para que la Secretaría de Movilidad abra los procesos de registro y otorgamiento de permisos especiales.
En materia de movilidad urbana, la propuesta introduce nuevas reglas para vehículos eléctricos de baja velocidad, los cuales podrán circular por ciclovías si no superan los 25 km/h, mientras que aquellos que excedan ese límite deberán usar carriles vehiculares y tendrán prohibido transitar por banquetas o zonas peatonales.

Para ciclistas, se plantea un catálogo de derechos y obligaciones, incluyendo la preferencia de paso en ciclovías y la obligación de los automovilistas de mantener una distancia mínima de 1.5 metros al rebasarlos.
En el ámbito penal, la iniciativa contempla sanciones de dos a cuatro años de prisión para quienes realicen gestorías sin autorización, y de tres a seis años para quienes operen o promuevan transporte público sin concesión. Además, quienes sean condenados por estos delitos no podrán acceder a concesiones o permisos en el futuro.
Finalmente, se establece que cualquier vehículo que opere sin el distintivo del Registro Estatal de Transporte de Oaxaca (RETO) podrá ser inmovilizado de manera inmediata, reforzando así el control sobre el transporte en la entidad.
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La propuesta anticipa un cambio profundo en la movilidad del estado y abre el debate entre regulación, competencia y acceso a servicios en una de las entidades con mayor diversidad en modelos de transporte.


