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viernes, julio 26, 2024

Inédito conflicto Ecuador-México 2024

Héctor Rodríguez Espinoza
Doctor en Derecho, catedrático desde 1969 del Departamento de Derecho de la Universidad de Sonora. Editorialista y autor de 25 libros de Jurisprudencia y Cultura, Ed. Porrúa y Editorial Académica Española. Expresidente del Consejo de Certificación Barra Sonorense de Abogados. Profesionista distinguido 2013 y 2016.

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I.- No ha sido, ciertamente, la tradicional y prestigiosa política exterior mexicana de este sexenio lo mejor de su polémica y transformadora administración pública federal. Al contrario, fueron designados cada embajador (como el ex gobernador de Sinaloa, en España) y cada cónsul impresentable (como la controvertida periodista tabasqueña Isabel Arvide, en Budapest) que darán una histórica pena ajena. Amén de los diferendos con España, USA, Israel, Argentina, Bolivia y Perú.

II.- El primer y sagrado Principio que se enseña y aprende en el Derecho Internacional es el de PACTA SUNT SERVANDA.

Locución latina, se traduce como «lo pactado obliga», expresa que toda convención debe ser fielmente cumplida por las partes de acuerdo con lo pactado. Constituye un principio básico del derecho civil (específicamente relacionado con los contratos) y del derecho internacional. “El contrato es ley entre las partes.”

En materia internacional se señala que: “Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe” (artículo 26 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 y mismo artículo de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales de 1986.

Esta consigna, acuñada en épocas de la antigua Roma y según la cual “los pactos deben honrarse”, es una de las bases fundacionales de la confianza que la sociedad deposita en sí misma.

Los Dictámenes de Tribunales se han basado en los principios generales del derecho internacional, al consagrar este principio y la buena fe, como hilos conductores de la acción de incorporar la norma al ordenamiento interno.

Tiene amplia aplicación en materia contractual en la escuela del derecho romano, figura ante la cual se pueden aclarar lagunas de la ley o incluso contraponerse a lo estipulado por la norma, siempre y cuando no sean términos irrenunciables, de manera de que bajo criterios de interpretación, la voluntad o intención de las partes contratantes debe ser valorada y respetada, en todo aquello que no contravenga las leyes, como norma suprema en sus relaciones.    

III.- Pero definitivamente, el presidente Daniel Noboa, de Ecuador, hizo “justicia diplomática” por mano propia. ANTES de ordenar allanar militarmente, “autoritaria y vil” AMLO dixit, con armas de asalto, la sede diplomática, violar nuestra soberanía territorial, golpear, someter y encañonar humillantemente al jefe de la sede de la Cancillería, Roberto Canseco, sustraer al ex vicepresidente de Rafael Correa Jorge Glas, encerrarlo en un penal de alta seguridad con el riesgo cumplido que agravó su salud y expuesto a un indeseable deceso, ANTES –insisto- debió demandar a México por darle asilo al ex Vicepresidente Glas ante la Corte de Justicia Internacional. Que fuera este alto cuerpo el que interpretara y decidiera quién violó la Convención de Caracas sobre asilo diplomático, de 1954, que establece que no es lícito conceder asilo a personas condenadas o procesadas por delitos comunes.

¿Es Derecho y justo el Estado de Derecho de Ecuador –y también de México, ¿por qué no confesarlo?-, como la admirable Rule of law anglosajona? La defensa del vicepresidente Glas denuncia que la Fiscal general de Ecuador está acusada de plagio de su tesis; que Jorge Glas nunca ha tenido un juicio justo, tiene la etiqueta de condenado en juicios penales donde se le negó el debido proceso y que serían vergüenza en cualquier país civilizado, la administración de justicia es corrupta en Ecuador, condena inocentes y libera a culpables, Jorge Glas es un perseguido político. Todos los gobiernos podrían levantar falsos juicios penales contra perseguidos, para evitar que obtengan asilo.

IV.- Y AHORA, pos facto, la Corte de Justicia Internacional deberá interpretar y decidir si Ecuador violó la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, que en su artículo 22 establece la inviolabilidad de las misiones diplomáticas.

Ambas Convenciones fueron suscritas por los dos Estados y sometidas a su jurisdicción inapelable.

“Eso no lo hace un gobierno si no siente que tiene respaldo de otras potencias…Por eso vamos a llevar este asunto a la Corte de Justicia Internacional. A México se le respeta”, expresó AMLO.

V.- Fuente obligada de opinión en Reforma y Proyecto Puente es Brenda Estefan, “Analista internacional, columnista @Reforma, catedrática @ipade, políglota (6 idiomas), MsC @LSENews, ExEmbamex EEUU y ExBID. Asuntos Internacionales-Negociaciones Internacionales-Geopolítica–Diplomacia”. Sin embargo, no he encontrado su nacionalidad y universidad donde adquirió sus innegables títulos. Lo digo por cierto sesgo que, en sus análisis, observo en favor de USA. Similar a los respetables análisis de Ana María Salazar, hija de padre hermosillense y madre norteamericana, nacida en Tucson, Arizona. 

VI.- Canadá, gobernado por el primer ministro Justin Trudeau, fijó su postura en el conflicto pocos minutos antes que Estados Unidos (el cual hizo lo propio a través del portavoz del Departamento de Estado, Matthew Miller). Fijó su postura a las 7:11 de la noche del sábado 6, su Oficina de Asuntos Extranjeros informó que “está profundamente preocupada por la APARENTE (may. HRE) violación por parte de Ecuador de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961 al ingresar a la Embajada de México sin autorización.“ “Hacemos un llamado a todos los países a respetar tanto el derecho internacional como la integridad de los procesos legales internos, e instamos a México y Ecuador a entablar un diálogo para resolver sus diferencias en el espíritu de coexistencia pacífica típico de nuestros socios regionales cercanos”, añadió en su cuenta oficial de la red social X (antes Twitter).

VII.- “Es mejor tarde que nunca”, el martes 9 la Casa Blanca condenó “el uso de la fuerza” contra embajada de México en Ecuador, tras reclamo de AMLO el lunes 8 y criticara la posición de EU y Canadá ante la crisis diplomática.

AMLO reaccionó al posicionamiento de EEUU y Canadá: “No lo aceptamos”. Señaló que ambos socios comerciales mostraron una postura “muy indefinida” ante lo ocurrido en Quito. “Habló Canadá de APARENTE violación y de que se busque la reconciliación, pero sin pronunciarse en contra de este acto autoritario. Además, no lo ha hecho el presidente Biden, como lo han hecho otros mandatarios”, apuntó.

La Organización de Estados Americanos (OEA) respaldó el miércoles 10 a México y condenó “enérgicamente” la incursión de la Policía ecuatoriana en la embajada mexicana en Quito. La resolución, presentada ante su Consejo Permanente por la delegación de Colombia, fue aprobada con el voto favorable de la gran mayoría de países y el único voto en contra de Ecuador. La delegación de México no se presentó a la sesión, El Salvador se abstuvo.

Mientras Jorge Glas se encuentra en huelga de hambre, el Presidente Daniel Noboa estuvo en Miami, USA, donde permanecerá hasta este sábado 13 de abril, informó en un decreto ejecutivo, para atender asuntos “de índole personal”.

¿Patética la posición personal -en esta crisis diplomática- de la senadora electa por Morena, cambiada a la bancada del PAN, Lily Téllez? Hasta su compañero de fórmula senatorial, el experimentado político Manlio Fabio Beltrones, la contradijo oportuna y rotundamente en USA.  

Esperemos la resolución pacífica, pronta y condenatoria para Ecuador, de la doble e inédita controversia diplomática.

Aviso

La opinión del autor(a) en esta columna no representa la postura, ideología, pensamiento ni valores de Proyecto Puente. Nuestros colaboradores son libres de escribir lo que deseen y está abierto el derecho de réplica a cualquier aclaración.

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