Un hombre de Sevilla condenado a 40 meses de prisión por violentar a sus exparejas solicitó su cambió de género en el Registro Civil para intentar salir de la cárcel.
Argumenta que su nueva vida como mujer le hace ser “una persona nueva”, distinta a la que cometió los hechos.
La vigente ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI lo impide que cambie su género.
El artículo 46 lo contempla expresamente, en concreto los puntos 3 y 4 del mismo.
El primero de los citados indica que “la rectificación de la mención registral relativa al sexo, y en su caso el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción (…) fuera aplicable a la persona a los efectos” de la ley contra la violencia de género de 2004.
El punto 4 del artículo 46 de la ‘ley trans’ puntualiza en ello, ya que, tras señalar que un cambio de sexo de masculino a femenino conllevará el beneficio de las medidas de la ley de igualdad de 2007, remarca este matiz: “pero no respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral”.
La abogada María José Atoche, defensora de las víctimas, explicó que las mujeres conocen el caso por el recurso presentado por el hombre en el juzgado, para evitar entrar en prisión y tras ser rechazado el primero presentado en su día.
El caso se publicó en medios de comunicación y el debate en torno a la ‘ley trans’, a si permite o no un intento como el descrito, se reabrió en redes sociales.
El acusado cuenta con dos sentencias en contra, aunque la segunda ya es firme y le condena, pero en julio acudió al Registro Civil y se dio de alta con el nombre de Milan (su verdadero nombre es Antonio), alegando que se siente mujer aunque nació como hombre.
Con información de EFE