La autonomía y el respeto de las decisiones del Poder Judicial constituyen dos requisitos fundamentales para cualquier nación que se precie de ser democrática. No es casualidad que se trate de dos características compartidas por los países más desarrollados del planeta.
A grandes rasgos, la autonomía en cuestión refiere al hecho de que, bajo ninguna circunstancia, los órganos que componen al Poder Judicial vean comprometida su capacidad resolutiva como consecuencia de la injerencia de otras instancias del aparato estatal, de poderes fácticos o inclusive del interés particular de alguno de sus miembros.
Su razón de ser es garantizar a los ciudadanos el derecho a ser juzgados con base en las leyes, de manera que se puedan materializar los mandatos constitucionales y salvaguardar los derechos fundamentales frente a cualquier tipo de arbitrariedad.
Un caso aleccionador de la utilidad de preservar este principio es el de Estados Unidos, en donde sobre la base de la división de poderes y del reconocimiento del valor de la democracia, el papel de la Corte ha sido crucial en el proceso de desarrollo que ha llevado a dicho país a convertirse en una potencia mundial.
No olvidemos la multiplicidad de episodios a lo largo de la historia estadounidense en los que se presentaron intentos documentados de supeditar la justicia al poder político. Por ejemplo, el caso “Marbury contra Madison” a principios del siglo XIX, cuando John Adams, uno de los padres fundadores y segundo presidente después de George Washington, decidió nombrar a 42 jueces (en su mayoría cercanos al Partido Federalista del que era miembro) tras haber perdido la reelección frente al entonces candidato Thomas Jefferson.
Tras percatarse de la iniciativa, Jefferson, en su condición de presidente entrante procedió a detener la entrega de los nombramientos realizados de manera arbitraria por su antecesor. Sin embargo, uno de los jueces que en principio serían nombrados, William Marbury, solicitó a la Corte Suprema que emitiera una orden ejecutiva que ordenara al secretario de Estado, John Madison, completar el proceso con la entrega de los nombramientos suspendidos.
La Corte, presidida por John Marshall, dio la razón a Marbury y dictó que efectivamente se debía completar su nombramiento, pero también declaró inconstitucional la sección de la ley que le facultaba al tribunal para emitir órdenes ejecutivas en contra el Poder Ejecutivo, argumentando que esto excedía las facultades que la Constitución americana le daba al Poder Judicial.
Fue la primera vez que la Corte Suprema estadounidense se atribuyó la capacidad de declarar inconstitucional una parte de una ley aprobada por el Congreso, reafirmando la separación de los poderes y privilegiando la supremacía constitucional.
Son este tipo de decisiones las que marcan un antes y un después en la vida de un país, y forman parte de lo que se denomina respeto al Estado de Derecho.
La organización World Justice Project define el Estado de Derecho como un sistema duradero de leyes, instituciones, normas y compromisos comunitarios que ofrece a los ciudadanos responsabilidad, leyes justas, gobierno abierto y justicia accesible.
En 2019, dentro del ranking global realizado por este organismo internacional México ocupaba el lugar 99 de entre los 126 países evaluados, sin embargo, en el curso de los últimos 4 años hemos retrocedido hasta pasar a ocupar la posición 115.
Así, en la actualidad México se encuentra peor evaluado que Kenia, Angola, Madagascar, Guatemala y Sierra Leona. Muy lejos de los tres primeros lugares del ranking, ocupados por Dinamarca, Noruega y Finlandia, respectivamente.
Por todo lo anterior, no hay que perder la dimensión de la relevancia del papel que ha adoptado la Suprema Corte de Justicia de la Nación con sus resoluciones más recientes, dando una bocanada de oxígeno a la extraviada vida institucional del poder judicial de los últimos 4 años.
Destacable el valor, la templanza y la valentía del poder judicial de no ceder ante amagos políticos o presiones de poder del Ejecutivo, anteponiendo en sus sentencias independencia, autonomía y respeto al Estado de Derecho.
Definitivamente un Poder Judicial sumiso no le conviene a nadie, siempre serán sanos los contrapesos con el poder.
Por el bien de México, celebramos esta visión institucional, pronosticando al futuro que en próximas decisiones la Suprema Corte deje sin lugar a dudas su carácter autónomo.
Twitter: @gomezreyna