Ya está prohibido transitar en una motocicleta sin casco, hablar por teléfono y enviar mensajes instantáneos mientras se conduce un vehículo. Un automóvil no puede viajar a más de 110 kilómetros por hora en autopistas federales y el uso cinturón de seguridad es una obligación… Hoy entró en vigor la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, misma que fue publicada ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Entre las normas que aplican en todos los estados y municipios del país, están los operativos de alcoholímetro tanto a conductores de autos como motocicletas. Además, al trámite para obtener una licencia de conducir se suma la aprobación de un examen teórico y práctico.
-Anuncio-Los límites de velocidad también fueron homologados a 80 kilómetros por hora (kms/h) en carriles centrales de avenidas de acceso controlado, 50 kms/h en vías primarias y 30 kms/h en vías secundarias. Los autobuses pueden transitar a una velocidad máxima de 85 kms/h en carreteras, mientras que los transportes de carga solamente a 80 kms/h y los automóviles a 110 kms/h.
También, el casco es imprescindible para conductores y pasajeros de motos en cualquier vía y está prohibido el uso del celular mientras se conduce cualquier vehículo. Sin embargo, respecto a los conductores de Uber u otros servicios de transporte a demanda, está permitido que utilicen sujetadores para sus celulares, siempre y cuando no obstaculicen la visibilidad del camino.
Entre otras normas aplicables a todo el país está el uso de cinturón de seguridad para todos los pasajeros, la prohibición de que un pasajero menor a 12 años viaje sin sistema de retención infantil y en asientos delanteros.
-Anuncio-La Ley fue aprobada en el Senado de la República desde el pasado mes de abril y, de acuerdo con el decreto original, “tiene por objeto establecer las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad”.