La noche de este lunes 2 de agosto, el Instituto Nacional Electoral (INE) presentó el resultado final de la consulta popular realizada el domingo 1, la cual abriría la posibilidad de que se investigara y se sometiera a juicio a exfuncionarios públicos.
De tal modo que millones de mexicanos acudieron a las mesas receptoras a votar; sin embargo, el INE confirmó una muy baja participación, por lo cual no será vinculante el resultado de este ejercicio; sin embargo, deja de manifiesto que casi el 100% de los que fueron a proclamar su opinión quieren que se investigue y se enjuicie a quien corresponda.
En total, se recibieron 6,662,915 papeletas, de las cuales, al corte de las 21:24horas (tiempo del centro de México), se tiene contabilizadas el 100% de ellas, con una preferencia del 97.7214% a favor del “SÍ” a la pregunta, lo que equivale a 6,511,385 de mexicanos que quieren que se investiguen a los expresidentes mexicanos.
Mientras que el 1.5449% respondió “NO”, lo que equivale a 102,945. Asimismo, se tiene el registro de participaciones nulas, que equivale al 0.7335% o 48,878 personas.
La baja participación ciudadana en la consulta popular tendrá como consecuencia que no será vinculante. Es decir, a pesar de que el 97% de los participantes manifestaran estar a favor de que se investigue a las y los exfuncionarios públicos de administraciones anteriores, al tener una baja representación popular no tendrá efectos prácticos en ninguna institución pública.
De acuerdo con la Ley Federal de Consulta Popular (LFCP) para que el resultado de dicho ejercicio sea vinculante, debe de participar el 40% del electorado. Esto quiere decir que para que la consulta tenga efecto real, debe de haber una participación ciudadana que rebase los 37,468,678 votos.
Esto por que el INE tiene contabilizadas a 93,671,697 personas en el padrón electoral y las boletas registradas en total suman 6,663,174, lo que se manifiesta en un 7.1133% de participación. En otras palabras, faltaron 30,805,504 ciudadanos que acudieran a las mesas receptoras para emitir su opinión respecto al ejercicio, lo cual en porcentaje se traduce en una falta del 32.8867 por ciento.
“El resultado de la consulta popular, es vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales así como para las autoridades competentes, cuando la participación total corresponda, al menos, al cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan”, especifica el Artículo 5 de la LFCP, tercer párrafo.
Fuente: INFOBAE