-Anuncio-
domingo, julio 13, 2025

Incurrió AMLO en promoción personalizada durante las pasadas elecciones: TEPJF

Noticias México

Relaciones Exteriores confirma muerte de mexicano durante redada migratoria en California

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) confirmó este sábado 12 de julio la muerte de mexicano que sufrió una...

‘Absolutamente falsas e inverosímiles’: Consejera jurídica de Sheinbaum arremete contra abogado de Ovidio Guzmán

Ernestina Godoy, consejera jurídica de la Presidencia, aseguró que las declaraciones de Jeffrey Lichtman, abogado del narcotraficante Ovidio Guzmán,...

‘Pienso que vamos a llegar a un acuerdo’: asegura Sheinbaum sobre tema arancelario

La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, aseguró este viernes que su gobierno trabaja activamente con autoridades de Estados Unidos...
-Anuncio-
- Advertisement -

Ciudad de México. La mayoría de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador violentó las restricciones constitucionales durante su conferencia matutina efectuada el pasado 23 de diciembre al referirse a las alianzas partidistas opositoras y aludir a logros de su gobierno. Por ello, instruyó a la Sala Especializada del propio TEPJF volver a analizar el recurso promovido por el PRD e imponer las sanciones correspondientes.

Aun cuando el magistrado presidente, José Luis Vargas (ponente en el caso) presentó un proyecto en el que respaldaba la sentencia original de la Sala Especializada, exonerando al mandatario de toda responsabilidad, los magistrados Janine Otálora, Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata y Reyes Rodríguez, votaron en contra del proyecto. Aun cuando no hubo debate, apelaron a criterios ya establecidos en recursos promovidos contra pronunciamientos de López Obrador en su conferencia.

Para Vargas, el hecho de que esa conferencia se hubiera realizado un día antes del periodo de precampañas, eximía al mandatario responsabilidad pues, a su juicio, en ese periodo no aplicaban las restricciones constitucionales en materia de propaganda gubernamental, por lo que no transgredió el principio de imparcialidad.

Sin embargo, para la mayoría de los magistrados, los cuestionamientos a la alianza opositora se constituían en propaganda gubernamental y sus afirmaciones evidenciaron una intención de asociar los logros de su gobierno a su persona en periodo prohibido por el artículo 134 constitucional.

Por otro lado, el TEPJF ordenó al Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León, revisar nuevamente la sanción impuesta a Movimiento Ciudadano y al gobernador electo de esa entidad, Samuel García, asociada al presunto uso indebido de menores en propaganda partidista.

Información tomada de www.jornada.com.mx

- Advertisement -
-Anuncio-
-Anuncio-

Más Noticias

‘Pienso que vamos a llegar a un acuerdo’: asegura Sheinbaum sobre tema arancelario

La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, aseguró este viernes que su gobierno trabaja activamente con autoridades de Estados Unidos...

Entregan primera etapa de Centro Comunitario Las Lomas en Hermosillo

Hermosillo, Sonora.- Con una inversión tripartita de más de un millón de pesos, el alcalde de Hermosillo, Antonio Astiazarán...

Ataque armado a una familia deja diez lesionados, entre ellos una menor y una bebé, en Chihuahua

Una familia fue atacada a balazos en Ciudad Juárez, Chihuahua, con saldo de al menos diez lesionados, entre ellos...

Legisladores de EEUU denuncian 750 migrantes encerrados en jaulas en el ‘Alligator Alcatraz’ de Florida

Legisladores federales y estatales de Florida denunciaron que hay 750 migrantes en jaulas tras recorrer por primera vez el...

Este verano tendrá algunos de los días más cortos de la historia: Científicos lo explican

El actual verano en el hemisferio norte ha registrado algunos de los días más cortos desde que se tiene...
-Anuncio-