Por mayoría de tres votos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundado el recurso de reclamación que interpuso Javier Duarte de Ochoa, con el que buscaba revertir la resolución de la ministra Margarita Ríos Farjat, quien admitió el amparo de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) respecto a la sentencia de nueve años de prisión que se le impuso al ex gobernador de Veracruz.
La UIF busca que el Alto Tribunal haga una interpretación del principio de “seguridad jurídica”, es decir, respecto a la obligación que tienen los jueces que emiten sentencias definitivas en causas penales, de ordenar la ratificación del escrito de desistimiento contra la condena y la forma cómo debe tramitarse ante el tribunal de alzada.
En septiembre de 2018, Duarte de Ochoa se desistió de apelar su condena; sin embargo, después interpuso una demanda de amparo alegando que no era su intención renunciar a ese derecho, con lo cual buscó reducir su pena.
Casi un año después, en diciembre de 2019, el Primer Tribunal Colegiado otorgó un amparo al político veracruzano y ordenó al juez de control Juan Carlos Ramírez Benítez, dar trámite al recurso de apelación para que un Tribunal Unitario en Materia Penal se pronunciara sobre su admisión.
En febrero de 2020, la magistrada Isabel Porras Odriozola, titular del Tercer Tribunal Unitario Penal, admitió a trámite el recurso de apelación del ex gobernador de Veracruz, quien buscaba que se cancelara o redujera su sentencia. No obstante, en mayo del mismo año, la magistrada ratificó la sentencia de nueve años de cárcel.
Información de mvsnoticias.com