El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) publicó ya la sentencia sobre paridad de género: se obliga a los partidos políticos a que postulen a mujeres en 7 de las 15 candidaturas a las gubernaturas.
La sentencia también vincula al Congreso de la Unión y a los Congresos locales a regular la paridad de género.
Tras llevar a cabo la sesión pública no presencial, en el formato de videoconferencia, las magistradas y los magistrados realizaron el engrose respectivo a la sentencia del pasado lunes 14 de diciembre de 2020.
El resolutivo no había quedado claro, pues en la sesión pública la mayoría de los magistrados acordaron que los partidos sí debían ser vinculados, es decir, ordenados a postular 7 mujeres en las próximas elecciones. La medida tiene carácter obligatorio y así quedó asentando en la sesión pública y en la versión estenográfica de la discusión.
Sin embargo, el área de comunicación del Tribunal emitió esa misma noche un boletín que cambiaba el sentido de esa votación: no se mencionaba el carácter obligatorio, al contrario, señalaba que los partidos podían cumplir con la paridad “en la medida de lo posible”.
En el comunicado de este 24 de diciembre, el Tribunal detalla que los partidos políticos nacionales deberán informar al Instituto Nacional Electoral (INE), a más tardar el miércoles 30 de diciembre, las entidades donde presentarán a siete mujeres a candidatas a gubernaturas y las ocho en las que presentarán a varones.
Como parte de los resolutivos, tras realizar el engrose respectivo a la sentencia del 14 de diciembre, se concluyó que: se revoca el acuerdo impugnado y se vincula al Congreso de la Unión, así como a los congresos locales a regular la paridad en gubernaturas antes del inicio del próximo proceso electoral que siga de manera inmediata al proceso 2020-2021.
En cuanto al resolutivo cuarto -aprobado por mayoría de votos- se vincula a los partidos políticos a que en la postulación de sus candidaturas a las gubernaturas del presente proceso electoral hagan efectivo el principio de paridad.