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martes, octubre 14, 2025

¿Vives en casa rentada? Monreal propone la exención o reducción del alquiler por crisis de COVID-19

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Ciudad de México, 10 de mayo (SinEmbargo).– El coordinador de los senadores del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Ricardo Monreal Ávila, planteó modificar el Código Civil Federal para acordar la exención del pago o la reducción del monto de los alquileres ante la crisis del coronavirus que ha provocado miles de muertes en México y pérdida de empleos.

A través de un comunicado, el Senador destacó que la propuesta es para que tanto arrendatarios (persona que pone en renta una propiedad) y arrendadores (personas que rentan) tengan certidumbre y no se afecte el cumplimiento del pago de rentas.

El acuerdo, señaló Monreal, se generaría según lo permita la situación económica y garantizando las mejores condiciones de las personas involucradas, “en un momento donde se requiere de la solidaridad y el compromiso conjunto”.

Una vez que el Consejo de Salubridad General ordenó detener las actividades no esenciales para evitar la propagación del virus, se han registrado dificultades para el pago de la renta o el alquiler de inmuebles en México, ya sea por su actividad laboral, la pérdida o suspensión del empleo, o por el recorte en las remuneraciones, entre otras, detalló el legislador zacatecano.

Monreal Ávila llamó a considerar a las personas que viven de la renta de sus inmuebles, que pagan sus deudas y obligaciones con el dinero que cobran de los espacios que arriendan, y que el no percibir ese ingreso puede afectar y poner en riesgo al entorno familiar.

El Código Civil Federal ya describe supuestos para reducir los pagos, en caso de imposibilidad total o parcial del disfrute del bien arrendado, por “caso fortuito o fuerza mayor”. No obstante, detalló Ricardo Monreal, “frente a una emergencia sanitaria de esta magnitud, lo ideal es procurar la protección de ambas partes del contrato de arrendamiento”.

La reforma propuesta por el Senador de Morena se aplicaría en los artículos 2431 y 2432 del Código Civil Federal a efecto de establecer que, “en caso de que una emergencia sanitaria impida total o parcialmente el uso o goce de un bien arrendado, exista la posibilidad de acordar la exención del pago o la reducción del monto que inicialmente se pactó”.

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