La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las normas electorales de Durango y San Luis Potosí que establecían una alternancia obligatoria de género para las candidaturas a la gubernatura, al considerar que los congresos locales excedieron sus facultades legislativas al determinar de manera anticipada qué género debía ser postulado en cada elección.