Con 476 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego que permitirá la portación de armas a funcionarios pertenecientes a la CFE, SAT y Banxico.
Dicha ley también realizó una ampliación en el catálogo de armas a las que los ciudadanos podrán tener acceso y establece la obligación de ejidatarios y comuneros de comprobar este título para poseer alguna.
Además, a los militares con jerarquía de generales, jefes, oficiales o sus equivalentes en la Fuerza Armada Permanente pueden poseer, portar armas, cargadores, accesorios y municiones sin licencia con la sola acreditación de su perosnalidad militar vigente.
También, la Ley busca regular el registro, control, vigilancia y sanción de las actividades relacionadas con armas de fuego, municiones, artificios, explosivos y sustancias químicas relacionadas, así como sus componentes, accesorios y objetos que establecen este ordenamiento.
Sin embargo, se declara la prohibición a la transportación, posesión, uso o fabricación de instrumentos, accesorios o aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas, incluidos los de manufactura tridimensional con técnicas aditivas o técnica artesanal.
Se añade que se establecerán sanciones a todo aquel que realice faltas administrativas, delitos que dañan a la sociedad y que no están previstos en ningún ordenamiento legal. Esto responde a la necesidad de enfrentar el incremento del tráfico ilícito de armas, fenómeno vinculado con la delincuencia organizada y el aumento de homicidios dolosos en el país.
Con información de 24 Horas