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martes, agosto 18, 2026

¿Recibirás saldo a favor por el SAT este año? Así puedes consultar tu declaración anual

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de los contribuyentes el Simulador de la Declaración Anual 2024 de personas, con el cual podrán visualizar información precargada en el aplicativo y conocer las nuevas actualizaciones y mejoras.

“Esta herramienta permite verificar la precarga de la información en los campos de ingresos, devoluciones, descuentos y bonificaciones, deducciones autorizadas y personales, retenciones, pagos provisionales, pagos mensuales y pagos definitivos, así como saldos a favor, en caso de existir”, explicó el SAT en un comunicado. 

Este simulador ya se encuentra disponible y estará vigente hasta el 31 de marzo en el siguiente enlace: https://anualpf.clouda.sat.gob.mx/.

Recuerda que la Declaración Anual para las personas físicas es una obligación que deben hacer algunos contribuyentes inscritos al Sistema de Administración Tributaria (SAT) y que de no presentarla deberán pagar multas que van de los mil 810 pesos hasta los 44 mil 790 pesos.

Además, la autoridad fiscal puso a disposición de los contribuyentes las siguientes herramientas de apoyo:

  • Visor de nómina para las personas trabajadoras, para verificar que los comprobantes estén correctos.
  • Visor de comprobantes de nómina para empleadores, para consultar los pagos realizados a los trabajadores de forma acumulada, así como para verificar la información de forma individual.
  • Visor de deducciones personales, para revisar facturas de conceptos clasificados como deducciones personales para la Declaración Anual.

Lee también:

¿Quiénes deben presentar su declaración?

Del 1 al 30 de abril, las personas físicas que están obligadas a presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2024 son aquellas que:

  • Obtuvieron ingresos mayores a 400 mil pesos en el año fiscal.
  • Trabajaron para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayan rebasado los 400 mil pesos.
  • Dejaron de prestar sus servicios antes del 31 de diciembre.
  • Obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Obtuvieron salarios provenientes del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Obtuvieron, además de sus salarios, ingresos por indemnización.
  • Obtienen ingresos por jubilación o pensiones que exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Están registradas bajo el régimen fiscal de personas físicas con ingresos de servicios profesionales.
  • Cobran renta de algún inmueble.

¿Quiénes no están obligados a presentarla?

Estás exentos de presentar la Declaración Anual las personas se ubican en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Si obtuvieron ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los 400 mil pesos anuales), siempre que se haya emitido el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina por la totalidad de los ingresos y no resulte impuesto a cargo en la declaración anual.
  • Si obtuvieron ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos de instituciones que componen el Sistema Financiero.

Con información de SinEmbargo

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