Con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó que el INE continúe con la elección del Poder Judicial.
Los votos en contra del proyecto fueron de los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez.
Los magistrados Felipe de la Mata, Mónica Soto y Felipe Fuentes aclararon que no se estaban pronunciando sobre las suspensiones de jueces para frenar el proceso electoral judicial, por lo que sus resoluciones quedan intocadas, sino que únicamente están dando al Instituto Nacional Electoral (INE) la certeza de que constitucionalmente es inviable parar el desarrollo de dichos comicios que se realizarán en junio del 2025.
“No nos estamos metiendo con las sentencias de amparo, no podríamos revocar ninguna porque no es nuestra competencia. Los jueces de amparo no ordenan suspensiones electorales como nosotros no resolvemos divorcios, para decirlo así”, justificó el Magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien tuvo a su cargo el proyecto con el que se validó que el INE acate lo que le ordena la Reforma Judicial.
Los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra del proyecto, al considerar que debe ser la Suprema Corte de Justicia la que se pronuncie sobre dichas suspensiones, pues no es competencia del Tribunal Electoral.
Reyes, por su parte, advirtió que de aprobarse, los magistrados abrían la puerta para que cualquier autoridad electoral recurriera al Tribunal Electoral para pronunciarse sobre resoluciones judiciales adversas.
El magistrado Felipe Fuentes, quien votó a favor del proyecto, rechazó invasión de atribuciones a juzgadores o tribunales colegiados o de distrito.
En esto coincidió la magistrada presidenta Mónica Soto, quien argumentó que la resolución de la Sala Superior sólo se limita a resolver una incertidumbre del INE ante dos órdenes contrarias.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña planteó que es constitucionalmente inviable suspender la realización de los procedimientos electorales a cargo del INE.
El proyecto surge como respuesta a las 140 órdenes de jueces que recibió el INE para detener los comicios. Ante este contexto, el árbitro electoral planteó una consulta al TEPJF para determinar si debía o no detener la organización, preparación y desarrollo de la elección judicial.
El magistrado De la Mata Pizaña argumentó también que la elección de ministros, magistrados y jueces es un mandato expreso en la Constitución, tras la reforma judicial, por lo que el INE se encuentra impedido para detener la elección.
Con esta decisión, los consejeros del INE pueden retomar todas las acciones sobre la organización de la elección de jueces, magistrados y ministros, ya que la Corte decidió que las suspensiones de amparo no aplican en materia electoral.