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sábado, noviembre 1, 2025

Reelección: ¿Para qué?

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La reelección en cargos públicos de elección popular fue prohibida por la Constitución en 1933. Tiempos en que se había entrado en una crisis política como resultado del asesinato del presidente reelecto Álvaro Obregón Tapia en julio de 1928, lo que dio lugar a tres presidentes de México consecutivos entre 1928 y 1934 —el período de Obregón—: Emilio Portes Gil, Pascual Ortiz Rubio (electo) y Abelardo Rodríguez.

A Obregón, que ya había sido presidente de 1920 a 1924, lo limitaba la reforma de noviembre de 1911 a la Constitución de 1857, pero le abrió la puerta la reforma de enero de 1928, que estableció los períodos sexenales y dejó en el vacío interpretativo la consabida afirmación de que “Nunca podrá ser reelecto para el período inmediato”.

La reforma definitiva del artículo 83 constitucional se llevó a cabo el 29 de abril de 1933 y estableció: “El Presidente entrará a ejercer su encargo el 1 de diciembre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con carácter de interino, provisional o sustituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto”.

En la misma fecha (1933) se publicó también la prohibición —de reelección— para gobernadores, diputados locales y presidentes municipales (artículo 115), que entonces duraban cuatro (los gobernadores) y dos años (los municipales) en el ejercicio.

También se prohibió la reelección de senadores y diputados al Congreso de la Unión con la reforma del artículo 59. Mismo año, misma fecha. Ahí se autorizan tres años para diputados federales y seis para senadores.

En enero de 1943, mediante reforma al artículo 115, se establece el período sexenal para los gobernadores (“los gobernadores de los Estados no podrán durar en su encargo más de seis años”) y a partir de ahí se legisla en los estados para establecer los períodos de tres años de duración para los ayuntamientos.

En 2014 más de 80 años después, se vuelve a reformar la Constitución para autorizar en México la llamada “elección consecutiva” de diputados locales, federales, senadores y presidentes municipales, es decir la reelección legislativa y de ayuntamientos plasmada en las reformas a los artículos 59, 115, 116 y 122. Senadores, hasta por dos períodos; diputados locales y federales, hasta por cuatro consecutivos; y los ayuntamientos, solo por “un período adicional”, como dice la reforma.

Dice Jorge Sánchez Morales: “Atendiendo a lo dispuesto por el artículo 59 de la CPEUM, en concordancia con el artículo transitorios décimo primero del decreto de reforma del 10 de febrero de 2014, la reelección será factible para aquellos legisladores federales que sean electos en el proceso electoral 2018; es decir los diputados federales podrán aspirar a la reelección en el año 2021 y, a partir del 2024, los senadores”.

Hubo antes iniciativas para ampliar a cuatro años la duración de los ayuntamientos en estados como Veracruz e Hidalgo, mediante reformas a sus constituciones y leyes orgánicas municipales.

La reforma del 2014 producto del llamado Pacto por México, deja intacta la prohibición de reelección para el presidente de la República y los gobernadores de los estados. ¿Por qué?

La experiencia de México en el siglo XIX y principios del XX no fue muy afortunada con presidentes que cubrieron varios períodos: Santa Ana, once veces; Porfirio Díaz, diez; Valentín Gómez Farías y Benito Juárez, cinco; Anastasio Bustamante y Venustiano Carranza, cuatro veces, y en tres ocasiones: Bravo, Iturbide, Herrera y Zuloaga; casi todos con finales trágicos y costosos para México.

Los legisladores no quisieron tocar algo que en la historia fue causa de violencia, tensiones y crisis. La transmisión del poder presidencial en México terminó por estabilizarse a partir de 1934 y fue en los períodos de Miguel Alemán y Luis Echeverría cuando el tema de la reelección o la ampliación de los períodos presidenciales se volvió a tocar. No prosperaron los intentos, de sus promotores por la oposición que generó ese debate; A 88 años, la prohibición sigue intacta.

Lo más debatido ahora y de cara a la elección del próximo junio es el tema de la reelección legislativa y de ayuntamientos. ¿Por qué?

Primero, por la necesidad de profesionalizar el trabajo del Poder Legislativo y aprovechar las experiencias de quienes tienen algo que aportar en materia de rendición de cuentas en dicho poder.

Segundo, porque la recurrente queja de las autoridades municipales de que tres años son insuficientes para desarrollar sus proyectos al frente de los ayuntamientos, se podría solucionar si los electores están conformes y apoyan a sus autoridades municipales votando para que gobiernen otros tres años, siempre y cuando realicen un buen trabajo al frente de sus ayuntamientos.

Sonora ya vivió la primera experiencia de reelección municipal en 2018. Fueron 18 presidentes municipales del período 2015-2018 los que buscaron la reelección y solo 8 la lograron.

Los ayuntamientos que inauguraron esa etapa en el estado son actualmente: Altar, Átil, Cucurpe, Pitiquito, Puerto Peñasco, San Felipe de Jesús, Santa Ana y Sáric.

Actualmente el PRI gobierna en 36 municipios, Morena en 18, el PAN en 12, Movimiento Ciudadano en tres, el MAS en 1, Nueva Alianza en uno y un independiente en Cananea.

Hay razones para ver con preocupación algunos casos de anuncios de reelección por parte de algunos presidentes municipales:

La resistencia ciudadana a que se reelijan sus autoridades municipales por el mal desempeño al frente de sus ayuntamientos; en algunos casos la desaprobación llega al 80 % de los entrevistados.

La inexistencia de obras trascendentes en los principales municipios  sobre todo los gobernados por Morena, a pesar de que cuentan con el gobierno federal del mismo partido. Las obras anunciadas en el sexenio federal no han estado en concordancia con las necesidades y las prioridades de los municipios, sino que se han ajustado a la agenda presidencial de coyuntura (estadios de Hermosillo y Cajeme, universidades Benito Juárez, cuarteles de la Guardia Nacional, etc.)

La federación, con una pésima información sobre el desarrollo de programas de apoyo a los municipios, suspendió a principios del sexenio importantes programas como el Fortaseg, el Seguro Popular, las estancias infantiles, el Fondo para la Investigación sobre Pobreza, Monitoreo y Evaluación, y el Fondo Minero —que significaba obras y servicios para aquellos municipios con necesidades de infraestructura—, entre otros más. Y, por otra parte, las actuales autoridades se quejan de que no fluye con agilidad el recurso federal y para colmo, el presidente López Obrador les ha prohibido a los legisladores federales ejercer la función de gestores en sus Distritos. Les ha recomendado que se dediquen a legislar y no a gestionar rompiendo con una tradición histórica que altera la relación entre los votantes y el representante popular.

El elector exige resultados, en los hechos en su comunidad, colonia o municipio y el diputado federal no los da. ¿Así cómo?

Viene una dificultad agregada para todos los Partidos Políticos. Tendrán que decidir entre la intención de sus alcaldes y diputados por reelegirse y la verdadera posibilidad de que el pueblo los acepte. Por ahora, nada que presumir en la mayoría de los casos… Ya se verá.

bulmarop@gmail.com

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