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lunes, agosto 18, 2025

El proyecto Reyes Rodríguez o por qué anular la elección de la nueva Corte

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En las semanas previas a la elección judicial del 1º de junio, circularon en todo el país miles de acordeones o guías de voto con diversas combinaciones posibles de candidaturas, pero en más del 70 por ciento se repetían los nombres de las cinco mujeres y los cuatro hombres que ganaron la elección.

Hugo Aguilar, el candidato más votado y quien se perfila para ser el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aparece en 36 de las 51 combinaciones impresas en acordeones; Lenia Batres, la mujer más votada, aparece en 37 versiones de acordeón.

El resto de quienes serán ministras y ministros están en la misma situación: Loretta Ortiz aparece en 44 de 51 combinaciones; Yasmín Esquivel en 31, María Estela Ríos en 30, Giovanni Figueroa en 24, Arístides Guerrero en 22, Irving Espinosa en 19 y Sara Irene Herrerías en 16 versiones de los acordeones.

Las cuatro candidatas más votadas aparecen en acordeones repartidos en las 32 entidades, y Sara Herrerías, quien quedó en quinto lugar, en 30 estados. Los dos hombres más votados fueron puestos en los acordones repartidos en las 32 entidades; el tercero y cuarto lugar, en 30 entidades. Es decir, la dispersión territorial de los acordeones ganadores tuvo una influencia determinante en el resultado.

La elección de las nuevas ministras y ministros fue producto de una estrategia ilícita, coordinada, sistemática y generalizada; una operación orquestada y financiada por los partidos políticos del oficialismo, entes privados que tenían prohibido patrocinar campañas y funcionarios que probablemente usaron dinero público.

Así lo concluye el magistrado Reyes Rodríguez en un proyecto de sentencia que será discutido y votado el miércoles de esta semana -si no hay cambio de agenda- en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Desde ya, se puede anticipar que la mayoría oficialista en la Sala Superior -compuesta por la presidenta Mónica Soto y los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata- van a votar en contra del proyecto de Reyes Rodríguez, y que probablemente sólo la magistrada Janine Otálora lo acompañe.

Sin embargo, vale la pena leer y analizar el amplio documento elaborado por la ponencia de Rodríguez, que quedará para la historia del sistema electoral mexicano, como testigo del compendio de las irregularidades y anomalías que caracterizaron la primera elección judicial.

¿Qué dice el proyecto de sentencia?

Reyes Rodríguez elaboró un proyecto a partir de las impugnaciones presentadas por cuatro candidatos derrotados en la elección judicial (Isaac de Paz González, Olivia Aguirre Bonilla, Carlos Enrique Odriozola Mariscal y Rosa Elena González Tirado) y un recurso amicus curiae presentado por el politólogo Javier Aparicio.

El documento, de más de 400 páginas y seis anexos, analiza las pruebas presentadas por los denunciantes: más de 3 mil acordeones impresos y cientos de archivos electrónicos con posts y páginas en las que se distribuían las guías de voto a las que coloquialmente se les conoció como “acordeones”. Aquí puede consultarse el proyecto de sentencia.

Además, el magistrado realiza diversos ejercicios estadísticos para probar cómo la operación acordeón fue determinante en el resultado, tanto por la frecuencia con la que aparecían los nombres de las personas ganadoras en las distintas versiones de acordeón, como por la dispersión territorial de los mismos. Además, la distribución de acordeones se intensificó en la etapa de cierre de campañas, veda electoral y en la propia jornada de votación.

Tres conclusiones destacan en el proyecto de sentencia:

  • Existió una estrategia premeditada, compleja, coordinada, sistemática y generalizada sobre la distribución de los acordeones con el fin de influir en la ciudadanía. 
  • El fenómeno de los acordeones no puede explicarse como un simple ejercicio auténtico de la ciudadanía. 
  • La estrategia ilícita constituyó la existencia de un esquema de financiamiento prohibido que benefició a las candidaturas, quienes eran las únicas que podían emitir y pagar limitadamente por su propia propaganda, pues el propio diseño de la elección judicial prohíbe la injerencia de agentes políticos, públicos y sociales con la capacidad estructural de influir en la elección. 

Quienes busquen encontrar en el proyecto nombres de los responsables directos de la elaboración, confección, impresión y distribución de los acordeones se quedarán esperando.

Tampoco hay en ella videos o fotografías de los funcionarios públicos que se reunieron para acordar quiénes debían aparecer en los acordeones (quiénes debían ganar y llegar a la Corte), ni audios de Claudia Sheinbaum o Andrés Manuel López Obrador ordenando ejecutar la operación acordeón. 

De hecho, es muy previsible que eso -la falta de pruebas contundentes- sea el argumento de Soto, Fuentes y De la Mata, quienes han defendido con vehemencia la legalidad de la elección al resolver otras impugnaciones.

Al respecto, Reyes Rodríguez argumenta que la propia Sala Superior ha establecido que, cuando se trata de hechos ilícitos, la experiencia enseña que no puede esperarse probar la participación directa de las personas, “sino que los actos realizados para conseguir un fin que infringe la ley sean disfrazados, seccionados y diseminados a tal grado, que su actuación se haga casi imperceptible, haciendo sumamente difícil establecer mediante prueba directa la relación entre el acto y la persona, de modo que las pruebas indirectas resultan la forma más idónea para probar un hecho”.

¿Qué propone el magistrado?

El proyecto de sentencia propone declarar la nulidad de la elección de ministras y ministros de la SCJN, y revocar los acuerdos del Consejo General del INE mediante los cuales se hizo la sumatoria nacional de la elección y se otorgaron las constancias de mayoría a Aguilar, Batres y demás candidaturas electas.

De aprobarse este proyecto, al Senado se le ordenaría determinar una integración provisional de la SCJN en tanto se celebra una elección extraordinaria para reponer los comicios anulados.

Pero no sólo eso, se le recomendaría a la Cámara alta corregir las múltiples omisiones legislativas que dieron pie a que el proceso 2025 careciera de certeza jurídica y de los elementos suficientes para garantizar la integridad electoral.

En resumen, se propone anular la elección más emblemática de todo el proceso electoral extraordinario de personas juzgadoras, en el que no sólo se eligió a nueve ministras y ministros, sino a más de 800 magistrados y jueces.

La nulidad sería un hecho inédito, inaceptable para la 4T, pero que permitiría reponer una elección que estuvo mal de principio a fin; que se hizo con prisas, sin presupuesto adecuado, sin reglas completas; sin claridad, certeza ni transparencia.

Confirmar la validez de una elección así, como seguramente va a ocurrir, sentará un precedente que restará calidad y legitimidad a las elecciones mexicanas y gravitará durante muchos años sobre nuestra incipiente democracia.

Aviso

La opinión del autor(a) en esta columna no representa la postura, ideología, pensamiento ni valores de Proyecto Puente. Nuestros colaboradores son libres de escribir lo que deseen y está abierto el derecho de réplica a cualquier aclaración.

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