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jueves, octubre 31, 2024

Independencia de Estados Unidos e independencia de México: corrupción en sus Supremas Cortes de Justicia

Héctor Rodríguez Espinoza
Doctor en Derecho, catedrático desde 1969 del Departamento de Derecho de la Universidad de Sonora. Editorialista y autor de 25 libros de Jurisprudencia y Cultura, Ed. Porrúa y Editorial Académica Española. Expresidente del Consejo de Certificación Barra Sonorense de Abogados. Profesionista distinguido 2013 y 2016.

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I.- La independencia de las colonias inglesas en Norteamérica y el nacimiento de Estados Unidos son acontecimientos históricos relevantes del siglo XVIII. Los ingleses mantenían, tradicionalmente, buenas relaciones con las trece colonias formadas en la costa atlántica de América del Norte.

Unas fundadas directamente por la Corona o explotadas por compañías que comerciaban con productos tropicales; otras nacieron tras el establecimiento de colonos exiliados de la metrópoli por política o religión. Gozaban aceptable libertad, regidas por gobernadores de la metrópoli, pero con asambleas o parlamentos que aseguraban su autonomía.

Pero en 1765, el gobierno inglés de Jorge III cometió el error de aumentar los impuestos, primero del timbre, sello que tenían que llevar los documentos jurídicos y luego suprimido; otro sobre el té, que acabaría desencadenando la revolución.

En el puerto de Boston, un buque cargado de té fue saqueado por americanos disfrazados de pieles rojas. Ambos impuestos habían sido promulgados sin consultar a las colonias e Inglaterra trató de mantenerlos por la fuerza. Los colonos, considerándolos abusivos, se reunieron en el Congreso de Filadelfia y proclamaron la Declaración de Derechos (1774) y se declararon independientes (1776).

Su destino se libró en una guerra con Inglaterra, difícil para los americanos durante los tres primeros años. Después, con la ayuda de franceses y españoles y conducidos por George Washington, derrotaron a su antigua metrópoli en Saratoga (1777) y Yorktown (1781). Dos años después firmaron la Paz de Versalles, Gran Bretaña reconocía la independencia.

Diecinueve años transcurrieron desde el inicio de las protestas contra el plan inglés de convertir ricos territorios en colonias sólo para sus intereses económicos, materias primas y absorber sus manufacturas. La consecuencia aceleró su desvinculación total. Habían nacido los Estados Unidos.

La Declaración de Independencia, leída solemnemente en Filadelfia, constituye uno de los textos más innovadores y trascendentes de la historia contemporánea. Proclamaron los principios básicos y lema de la Revolución Francesa: “Libertad, Igualdad y Fraternidad.”

Los nuevos estados formaron una república, regida por un presidente y una asamblea o congreso, elegidos por los habitantes mayores de edad. Un régimen democrático, fijándose derechos y deberes de gobernantes y gobernados en una Constitución política.

“…Nosotros los representantes de los Estados Unidos de América, reunidos en Congreso general, acudimos al juez supremo del mundo para hacerle testigo de la rectitud de nuestras intenciones.

En el nombre y con el poder pleno del buen pueblo de estas colonias, damos a conocer solemnemente y declaramos que estas colonias unidas son y por derecho han de ser Estados libres e independientes; que están exentas de todo deber de súbditos para con la corona británica y que queda completamente rota toda conexión política entre ellas y el Estado de la Gran Bretaña, y que, como Estados libres e independientes, poseen pleno poder para hacer la guerra, concertar la paz, anudar relaciones comerciales y todos los demás actos y cosas que los Estados independientes pueden hacer por derecho. Y para robustecimiento de esta declaración, confiados a la protección de la Providencia divina, empeñamos unos a otros nuestra vida, nuestra fortuna y nuestro sagrado honor.”

Tomás Jefferson, Benjamín Franklin, John Adams.

II.- Su Constitución, de 17 de septiembre de 1787, es la primera escrita que regulaba su forma de gobierno. Enfatizó los derechos del individuo y otorgó la soberanía a los ciudadanos y no a un monarca, sentó las bases de la legalidad moderna. Se convirtió en símbolo de la lucha por la libertad de los pueblos y punto de referencia para movimientos insurgentes posteriores, entre los que se contó la Revolución Francesa.

Demostró que era posible que los territorios colonizados se liberaran del yugo europeo. Punto de referencia para muchos líderes de América Latina. Muchas antiguas colonias españolas se inspiraron para construir sus Estados: ejemplo la de México, que cuando menos nominalmente, adoptamos estructura federal semejante.

Es ésta la importancia de la independencia de nuestro vecino, coloso, goloso, distinto y distante del norte.

Sin embargo, lamentable es el fallo de su Corte Suprema (6 contra 3) que dictaminó, este lunes 1 de julio, que el expresidente Donald Trump no puede ser procesado por actos cometidos durante su tiempo como jefe de Estado. “Al menos con respecto al ejercicio de sus poderes constitucionales, la inmunidad presidencial debe ser completa. Para el resto de sus actos oficiales, el presidente también tiene derecho a la inmunidad”, escribió el juez John Roberts.

La jueza pronunció su disentimiento. “Puesto que nuestra Constitución no le da a un expresidente un escudo para saltarse las consecuencias de actos criminales y de traición, disiento”, sostuvo en su discurso. “Es irónico: el hombre a cargo de hacer aplicar las leyes, ahora puede romperlas”, agregó.

El presidente Biden expresó: “Cualquier presidente, incluido Trump, será libre de ignorar la ley.”

III.- ¿Qué tiene que ver SU independencia con la NUESTRA?

Dice José González Torres, en “El engrandecimiento de México”, que la independencia se pierde porque algún vecino —poderoso— ocupa y domina al país. Y de nuestros vecinos sólo USA es poderoso y con capacidad de dominarnos en un instante.

Recuerda que hacía ciento cincuenta y cuatro años —el 16 de septiembre de 1847— el ejército norteamericano, secundado por muchos malos mexicanos que debieron combatirlo, ocupó la ciudad de México, capital de la República e izó en el Palacio Nacional, para vergüenza nuestra, su bandera de barras y estrellas, y sólo se retiró —dejando dolorosa huella de destrucción, bandidaje y humillaciones— cuando forzó al vencido a cederle la mitad norte del territorio mexicano, con más de dos millones de kilómetros cuadrados; fastos vergonzosos que deben servir para examen de conciencia y enmienda de la presente generación; no cree que pretenda ahora dominar a México o “quitarle” otra vez la porción norte: Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas; no. Ya no le interesa territorio; ahora necesita mercados para sus productos. Y amarró el de México con el TLC y el T-MEC.

IV.- Ciertamente los historiadores advierten que Hidalgo inició la lucha, pero la independencia tardó diez años y fue hasta 1821 que la consumó su artífice el militar criollo triunfante, Agustín Cosme Damián de Iturbide (Valladolid, actual Morelia, 1783 – Padilla, 1824) y emperador, Agustín I, del nuevo estado mexicano (1822-23). Su vida refleja como pocas, los vaivenes del proceso que condujo a la emancipación de México, fusilado el 19 de julio de 1824.

Sea lo que fuere, si el grito de Hidalgo fue “Muera el mal gobierno” —referido al de la Corona española que nos sojuzgó durante ¡300 años!—, de poco sirve la independencia nacional sin “BUENAS LEYES”. ¿Por qué “BUENAS LEYES” y no sólo cualquiera de las leyes o todas las leyes?

En sus Sentimientos de la Nación Mexicana, Morelos manu escribió:

“12º.- Que como LA BUENA LEY es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia; y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto.”

Un ejemplo: la ley constitucional y la federal del trabajo estipulan: “Los salarios mínimos generales (“el jornal del pobre”) deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria (preparatoria incluida) de los hijos. …”

A partir del 1 de enero del 2024 el salario mínimo en México será de $248.93 pesos diarios (14.94 dólares), un aumento de 20% en comparación con el año anterior. Con el aumento, en el norte del País -que comprende unos 25 kilómetros- será de 11 mil 246 pesos mensuales, de acuerdo con la Conasami.

¿Es suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural y para proveer a la educación obligatoria (preparatoria incluida) de los hijos. …”? Pues no. No sigue siendo una “BUENA LEY”.

V.- El 19 de abril, el Gobierno de México encabezado por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) explicó la segunda reforma a las pensiones. La creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar: su objetivo es beneficiar a los trabajadores que se vieron afectados por las reformas hechas durante los gobiernos de Ernesto Zedillo Ponce de León y Felipe Calderón Hinojosa. En el caso del primero, la Ley del 97 que estipula que los trabajadores ya contaban con la obligación de contribuir en las denominadas cuentas personales de ahorro para el retiro manejadas por Administradoras de Fondos para el Retiro (AFOREs).

Con dicho cambio, se buscó asegurar la viabilidad financiera a largo plazo del sistema de pensiones, frente a los desafíos demográficos y financieros. Sin embargo, el actual gobierno destacó que impide que los trabajadores que empezaron a cotizar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social después del 97, tenían una pensión muy baja, lo que impide que haya una mejor calidad de vida y, sobre todo, una vejez digna.

Con esta reforma se tenía como objetivo garantizar las pensiones y, especialmente, mejorar el rendimiento de los recursos ahorrados; sin embargo, sucedió todo lo contrario.

“La realidad, si ganabas 10 mil, te jubilabas ahora con dos mil 700. Por eso en 2020 el presidente López Obrador propuso la primera reforma. Se aumentaron las aportaciones patronales y se puso un alto a los abusos de los cobros de comisiones de las Afores. Gracias a estos cambios, se incrementaron las pensiones. Ahora, si ganabas 10 mil pesos, te jubilas con seis mil, pero aun así sigue siendo insuficiente.”

Ante la premisa de la creación de un fondo de ahorro, se rumoró en redes sociales que los trabajadores -incluyendo a los que ya están jubilados-, que no hubieran hecho uso de los recursos presentes en la Afore, serían quitados para entregarle más pensión a los que estaban por tramitar su retiro. Asimismo, en redes sociales se esparció el rumor respecto a que, incluso, la pensión de la que ya gozan los adultos mayores como parte de su jubilación, sería menor para tener el mismo fin.

El presidente Lopez Obrador insistió que el objetivo principal era el de beneficiar a los trabajadores al asegurarles el goce del 100 por ciento de pensión, con base a su último salario percibido:

“El objetivo es crear un Fondo de Pensiones para el Bienestar que complementa las pensiones de los que ganan hasta el salario promedio del IMSS, es decir, aproximadamente 16 mil 700 para garantizar que te jubiles con el 100 por ciento de tu último salario.”

Ejemplo un salario de 10 mil pesos al mes, se informó previamente que la pensión tras la reforma del 2020 quedaba en seis mil pesos mensuales. Para poder tener los cuatro mil pesos que garantizan el 100 por ciento, los recursos se manejarán así:

“Esta propuesta se complementa el resto para garantizar una pensión de 10 mil. Este fondo tendrá diversas fuentes de financiamiento, entre ellas las cuentas abandonadas no cobradas que administran las Afores”.

¿Qué son las Afores?

Son entidades financieras privadas, encargadas de administrar las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Tienen como objetivo principal gestionar las aportaciones y los rendimientos generados para maximizar el ahorro para el retiro de los trabajadores.

Además, están reguladas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), entidad que supervisa su operación para proteger los intereses de los trabajadores. La elección de una AFORE es una decisión importante para los trabajadores, varían en términos de rendimientos, comisiones y servicios ofrecidos.

Quienes están en contra de esta reforma –digo la SG- son aquellos que se mantienen a favor de la Ley del 97 y que las Afores sigan cobrando comisión a los trabajadores por la administración de los recursos; no obstante, dejó claro que nadie puede quitar este dinero por la prescripción del derecho.

En redes sociales circulan cosas y memes de excelente y sano humor de alumnos universitarios: “Materias que deberían impartir en la Uni: Qué es el SAT. 2. Qué son las AFORE. 3. Cómo vivir en la vida con la miseria que pagan en los trabajos y 4. Cómo administrar los 6 días de vacaciones que te dan”.

Insisto: de poco sirve la independencia nacional sin “BUENAS LEYES”, como soñó Morelos y sin BUENOS GOBIERNOS, como soñamos los ciudadanos. ¡Democracia sí, ineptocracia no!

VI.- El Estado y la banda de ladrones. Al inicio de cada curso de 1° de Derecho se les explica a los alumnos la diferencia entre el Estado y una banda de ladrones.

En el primer libro de La República de Platón –eruditamente Trasímaco, para distinguirlo del resto de su obra-, Sócrates define la necesidad de la Justicia como elemento de la convivencia organizada en nuestra vida social con un argumento que desde entonces constituyera, en la tradición intelectual de occidente, un tema ininterrumpido de debate y controversia.

Su examen, conocido bajo el emblemático título de “argumento de las bandas de ladrones”, ha sido objeto de diversas interpretaciones. A fines de la antigüedad lo recepciona San Agustín para censurar la inmoralidad del gobernante injusto y, en Iluminismo, Jean-Jaque Rousseau retoma una de las extensiones. Hans Kelsen pone en entredicho su solvencia argumentativa de cara a una posible fundamentación científica del Derecho. Tema recurrente, pues, desde ¡hace 2,300 años! hasta nuestros días.

Durante 53 años de docencia advertí que siempre ponían una cara de incredulidad ante preguntas, de respuesta obvia. La diferencia se les antojaba evidente y no precisaba razonar. Sin embargo, necesita de una explicación para diferenciar hechos y conductas externamente semejantes. Por ejemplo, un recibo de la CFE (confinamiento de 6 meses a 50° bajo sombra), el del pago de una injusta y desproporcionada cantidad o multa, la legislación de seguros que permite, a las aseguradoras, “obligar” resignadamente, a sus asegurad@s de la tercera edad, a pagar una prima exorbitante en los seguros de gastos médicos mayores (SGMM). ¿Qué decimos? Que es un atraco a mano armada, porque la apariencia es que el Estado mexicano (confundido con sus gobernantes), en los últimos lugares en los Índices de Percepción de la Corrupción y de Estado de Derecho, ¿semejaría una banda de ladrones?

FIN.- Mientras, a 86 días del fin del regimen de AMLO, gobierno y gobernados enterados estamos sumidos, para bien o para mal, en un amplio y profundo debate sobre la reforma constitucional al poder judicial federal. (Leer “Hambre y sed perenne de justicia mexicana: la reforma al Poder Judicial Federal 2024” https://proyectopuente.com.mx/2024/07/02/hambre-y-sed-perenne-de-justicia-mexicana-la-reforma-al-poder-judicial-federal-2024-parte-i/)    

Aviso

La opinión del autor(a) en esta columna no representa la postura, ideología, pensamiento ni valores de Proyecto Puente. Nuestros colaboradores son libres de escribir lo que deseen y está abierto el derecho de réplica a cualquier aclaración.

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