Ya estamos a nada de la fiesta de la democracia y entre las dudas que están saliendo hay una muy importante: ¿el 2 de junio es descanso obligatorio? Te contamos qué dice la Ley Federal del Trabajo y qué pasa si tienes que trabajar el día de las elecciones.
¿El 2 de junio es descanso obligatorio?
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) el 2 de junio sí es día de descanso obligatorio, pues dice que en los días de descanso oficial se incluye “el que determinen las leyes federales y locales electorales, en caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral”.
Eso quiere decir que las y los trabajadores NO están obligados a prestar sus servicios el día de las elecciones. Esta es una forma de incentivar el voto.
¿Qué pasa si trabajo el día de las elecciones 2024?
Antes que nada es importante mencionar que si trabajas el 2 de junio, tienes derecho a tomarte tu tiempo para ir a ejercer tu voto. O sea, tu jefe NO puede prohibirte salir a votar y tampoco puede penalizarte si sales a tu casilla.
¿Te tocó ser funcionaria de casilla? Pues si eres parte del proceso electoral, entonces en tu trabajo sí o sí te tienen que dejar faltar. Nada de que no te dan permiso en la chamba, porque es su obligación dejarte ir.
Tal y como lo establece el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, en la fracción IX, es obligación de las y los patrones el conceder a las y los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales cuando esas actividades deban cumplirse dentro de sus horas de trabajo.
¿El 2 de junio se paga doble?
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo explica que si te toca trabajar en un día de descanso obligatorio (incluyendo elecciones), tienes derecho a que se te pague “independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Y pues técnicamente, si tu día de descanso normalmente es el domingo, también te tocaría la prima dominical. El Artículo 71 dice que las personas que presten servicio en día domingo “tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”.
Tomando en cuenta todo lo anterior, si te toca trabajar el 2 de junio recibirías un pago triple del salario por ese día, más la prima dominical.
Si en tu trabajo no te dejan ir a votar, te obligan a trabajar sin pago extra o hasta intentan influir en tu voto, acércate a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. Puedes marcar al 800 717 2942 o 800 911 7877. También puedes escribirles por WhatsApp al 5514848737.