Por Baruc Mayen
Apenas algunas horas después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidara un decreto que consideraba algunos proyectos gubernamentales como “de interés público y seguridad nacional”, Andrés Manuel López Obrador (AMLO) emitió una nueva resolución presidencial para devolverle dicho carácter a obras en el sureste del país.
Entre los principales argumentos de la Corte para derribar el decreto inicial estaba que dicha clasificación atentaba contra el derecho de acceso a la información, pues los asuntos de seguridad nacional suelen mantener su información bajo el carácter de “reservada”.
Ante el nuevo decreto de AMLO que blinda al Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y los aeropuertos de Palenque (Chiapas), Chetumal y Tulum (Quintana Roo), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) advirtió que acudirá a medidas para impugnarlo.
“[El INAI analiza] mecanismos legales para defender transparencia y derecho de acceso a la información sobre obras y proyectos de infraestructura del Gobierno Federal, ante nuevo Decreto del Ejecutivo”, anticipó el Instituto vía redes sociales.
La decisión de la SCJN que derribó el anterior decreto se derivó de una controversia constitucional impulsada, precisamente, por el INAI. Sin embargo, el nuevo “decretazo” fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en un contexto en que el INAI no cuenta con la cantidad de comisionados necesarios para sesionar en el pleno e impugnar formalmente el acto presidencial.
Cabe recordar que el INAI se ha mantenido paralizado desde el 1 de abril debido a que el Senado de la República no llegó a ningún acuerdo para nombrar a las y/o los comisionados que ocuparán las tres vacantes disponibles.
Una de las principales razones por las cuales la Cámara de Senadores no ha tomado ninguna decisión es la ausencia de votos por parte de varios legisladores del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), que podrían responder a las críticas que AMLO ha emitido al Instituto.
“Les digo que les gusta la democracia –y el sistema de pesos y contrapesos– hasta que ya no les gusta porque no les conviene. Tramitar controversias constitucionales –como la que derivó en determinación de la SCJN de hoy– requiere aprobación de Pleno del INAI, que no tiene quórum”, criticó el periodista Efraín Tzuc vía redes sociales.
Otro comentario difundido en la misma plataforma fue publicado por Luis Carlos Ugalde —exconsejero presidente del anterior Instituto Federal Electoral—, quien advirtió que la determinación de AMLO sería un acto de desacato.
“Publicar un decreto para evadir una sentencia de la @SCJN es desacato. Eso hizo @lopezobrador_ hoy. La Corte le dice que es inconstitucional reservar información de sus obras prioritarias y horas después publica un nuevo decreto (más acotado) pero que dice lo mismo”, escribió Ugalde.
Hasta el momento, el INAI no ha hecho ningún pronunciamiento respecto a los mecanismos que tratará de poner en marcha para tumbar este nuevo decreto.
Algunos especialistas en la materia han sugerido otras vías para hacerle frente al acto presidencial, como la interposición de amparos por interés legítimo, o bien, de acciones de inconstitucionalidad y hasta impugnaciones por parte de otras instancias. Según información de la SCJN, una controversia constitucional puede ser promovida por cualquier órgano o entidad que se considere agraviada por la medida.
Aunado a esto, en días recientes el Consejo Consultivo del INAI obtuvo un amparo con el que un juez habilitó a la Comisión Permanente del Senado como autoridad responsable del nombramiento de los comisionados faltantes, con lo que podrían obligarla a sesionar en fechas próximas para tomar la decisión, en lugar de esperar a que se reanude el periodo de sesiones ordinarias, cuyo inicio será el 1 de septiembre de 2023.
Información de Infobae