La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió declarar anticonstitucional la primera parte del ‘Plan B’ de la reforma electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador este 8 de mayo.
Con 9 a favor y 2 en contra, el máximo tribunal de justicia del país validó el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, quien afirmó que existieron “claras violaciones” constitucionales durante el proceso legislativo que aprobó las reformas electorales de López Obrador.
“La iniciativa no se conoció a tiempo, ni se publicó con la anticipación debida para su discusión en la Cámara de Origen, dada la inobservancia a las disposiciones contenidas en el Reglamento de cada Cámara, desconociéndose con ello el principio de deliberación informada y democrática, así como los derechos que asisten a la representación popular”, explicó el ministro.
Previo a la votación, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal acusó a la Suprema Corte de violar el artículo 17 de la Constitución al privilegiar “los formalismos por encima de la verdadera justicia de fondo″, así como de sustituir las facultades del Congreso de la Unión.
“El principio de división de poderes prohíbe a la SCJN establecer requisitos adicionales al trámite legislativo, ya que la Constitución reserva esa facultad al Congreso de la Unión”, dijo la Consejería en un comunicado.
“Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”, recriminó.
Información de El Financiero