Por Juan Omar Fierro.
Un juez de control ratificó la prisión preventiva justificada que le había impuesto al exprocurador General de la República, Jesús Murillo Karam, para que se le siga el proceso penal por los delitos de obstrucción a la justicia, desaparición forzada de personas y tortura, todos cometidos de manera dolosa.
Al cierre de la audiencia inicial celebrada en el Reclusorio Norte y luego de que le dictara auto de vinculación a proceso, el juez de control, Marco Antonio Fuerte Tapia, otorgó a la Fiscalía General de la República 3 meses para concluir la investigación complementaria.
Las razones para mantener la prisión preventiva justificada es el riesgo de fuga, ya que el ex titular de PGR podría enfrentar una pena máxima de 22 años de prisión.
En el cierre de la audiencia, la mamá de uno de los 43 estudiantes normalistas desaparecidos solicitó la palabra para preguntarle a Murilllo Karam “que nos diga en dónde están nuestros hijos, en donde los dejó”.
El exprocurador prefirió guardar silencio y se retiró visiblemente molesto.
Fue una audiencia ríspida, en la que incluso el juez Fuerte Tapia apercibió abogado Antonio López Ramírez, defensor de Murillo, por confrontarlo y levantarle la voz en una de sus exposiciones.
La Fiscalía General de la República defendió su petición de imputar los delitos de desaparición forzada de personas, en la modalidad de ocultar los hechos, obstrucción a la justicia y tortura a Murillo Karam, por considerar que hay indicios razonables para abrir el proceso penal en su contra y seguir con las investigaciones de este caso.
“Estamos en una etapa temprana de la investigación, la vinculación a proceso es para poder continuar con la misma”, expresó la fiscal Lidia Bustamante.
En tanto, la defensa del extitular de la PGR pidió invalidar como datos de prueba las tres conferencias de prensa que ofreció Jesús Murillo Karam sobre el caso Ayotzinapa cuando era procurador, con el argumento de que son autoincriminatorias, destacando que hay precedentes legales que justifican anular cualquier declaración de un imputado, aunque no se hayan rendido ante una autoridad judicial o ministerial.
Según este argumento, las conferencias de prensa que Murillo Karam ofreció a la opinión pública deberían ser declaradas nulas por ser prueba ilícita, explicó la abogada Elba Marina Vázquez.
Además, López Ramírez y Javier López García, en su calidad de defensores de Murillo, consideraron que el delito de desaparición forzada en la modalidad de ocultamiento, según la ley vigente entre septiembre del 2014 y enero del 2015, cuando presumiblemente se cometió el delito por Murillo Karam, prescribió en 2017 ya que la pena para ese delito era de tres años al momento de los hechos.
La asesoría jurídica de las víctimas de tortura, a cargo de la defensora pública de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), Daniela Luna, advirtió que la pretensión de invalidar las conferencias de prensa como prueba de tortura y obstrucción a la justicia era inválida, ya que justamente Jesús Murillo Karam utilizó al menos una de estas conferencias para publicar los videos que grabó personal de la PGR que previamente había torturado a sus representados.
En este marco, sostuvo que la reserva sólo aplica en víctimas de tortura para autoincriminarse, no así para servidores públicos que dan conferencias.
También tomó la palabra Murillo Karama. Afirmó que ninguna de las investigaciones que se han realizado sobre el caso Ayotzinapa “ha logrado remontar” los resultados que en su momento presentó como titular de la PGR.
Al intervenir tras el cierre del debate en la audiencia de vinculación a proceso en su contra, Murillo Karam aseguró que la investigación que realizó la PGR entre septiembre de 2014 y febrero de 2015 para tratar de resolver el caso Ayotzinapa “es la mejor que se ha hecho, aunque haya tenido muchas fallas”.
Agregó que desde su salida de PGR se han inventado muchas teorías e hipótesis alternativas, pero todas se han caído.