Columna Agenda Abierta
Aún cuando en campaña el candidato López Obrador y los dirigentes del partido Morena señalaban que se debían regresar a los cuarteles al Ejército y fortalecer a las policías en los diversos niveles de gobierno, durante el 2019 se creó la Guardia Nacional, con el acuerdo legislativo de que la corporación tuviera un mando civil y con un artículo transitorio que permitía al presidente echar mano de forma “extraordinaria” de las Fuerzas Armadas para llevar a cabo tareas de seguridad pública por un periodo de cinco años.
Sin embargo, en diversas oportunidades se ha pasado por alto ese elemento considerado en el artículo 21 de la Constitución que establece que “Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional”, y señala además explícitamente que “La Federación contará con una institución policial de carácter civil denominada Guardia Nacional”.
Esta definición constitucional se complementa con los puntos considerados en la ley, en el sentido de que la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública debe cumplir con los estándares internacionales en la materia, es decir, debe ser extraordinaria, lo que implica que debe ser excepcional, temporal y restringida a lo estrictamente necesario. Adicionalmente debe estar regulada, es decir, que cuente con una ley que así lo disponga, lo cual no ocurre en nuestro país en este momento.
Por otra parte, se requiere que esa participación militar sea fiscalizada, esto es, supervisada por órganos civiles competentes, independientes y técnicamente capaces, lo cual tampoco ocurre, ya que las fuerzas armadas son vigiladas por sus propios órganos internos de control, los cuales son militares y por lo tanto están supeditados a sus superiores.
También la participación militar debe ser subordinada, como esta considerado en el citado precepto constitucional, lo que significa que debe actuar bajo un mando civil, lo cual quedaría absolutamente de lado con el Acuerdo presidencial que se ha anunciado esta semana.
Finalmente, como ha sido considerado por organismos internacionales de derechos humanos y como parte de la experiencia documentada en materia de letalidad, la participación debe ser complementaria, lo que implica que las fuerzas armadas participen en seguridad pública solo como apoyo o acompañamiento de corporaciones policiacas civiles.
Se pudiera pensar, como lo ha planteado el Presidente, que este tema deberá ser resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nacional, por las posiciones encontradas entre el Gobierno federal y algunas voces en el Congreso de la Unión, los partidos políticos y la sociedad en general.
El antecedente no es muy alentador en el sentido de que esta especie pueda darse.
El 11 de mayo de 2020, el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se disponía de las Fuerzas Armadas de manera permanente.
Debido a este Acuerdo, que se estima contrario a la Constitución, la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Laura Rojas Hernández, presentó días después ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional contra el mismo.
Como era de esperarse, la presentación de la controversia constitucional generó reacciones a favor y en contra. Es sintomática la historia de la respuesta de la Suprema Corte al tema, la cual se resume en que tardó 17 meses en turnarlo, preparar el proyecto y presentarlo en sesión pública de la Primera Sala de la Corte.
Así, el 24 de noviembre de 2021, durante la sesión pública en la que se discutiría la controversia, trascendió que el proyecto de la ministra Ríos Farjat, iba en el sentido de reconocer la constitucionalidad del Acuerdo del Ejecutivo; lo que provocó la alerta y descontento de organizaciones civiles defensoras de derechos humanos. Por ello, se determinó que dicha controversia se turnaría al Pleno de la Suprema Corte.
Han pasado casi 9 meses de esta determinación y 26 meses, es decir 2 años y 2 meses desde que fue presentada la controversia constitucional del acuerdo publicado en mayo del 2020.
Al ser cuestionado por ir en contra de lo que se había aprobado en el Congreso, el Gobierno federal ha justificado que su actuación está dentro de los márgenes de la ley y que es un cambio necesario para entregar “buenas cuentas” contra la crisis de violencia e inseguridad que azota al país desde hace casi dos décadas y para evitar que la Guardia Nacional “se eche a perder”, esto en referencia a la extinta Policía Federal.
Habrá que esperar al 16 de septiembre, cuando esta programada la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), para ser testigos del final de esta crónica de militarización previamente anunciada.
Por Moisés Gómez Reyna
@gomezreyna