Sonora, es la octava entidad que aplica y cumple con los lineamientos y criterios de la iniciativa 3de3 contra la violencia hacia las mujeres.
Mediante un comunicado, se indicó que con la iniciativa 3de3, se propone armonizar el marco constitucional y legal para lograr que en todos los ámbitos y relaciones públicas y privadas prevalezca la paz, la concordia y sea efectiva una vida sin violencia en Sonora.
Las instituciones electorales de Sonora se aplicaron y cumplieron con la revisión de elegibilidad en todos los registros de las candidaturas y fórmulas presentados por los partidos políticos para hacer valer la 3de3.
En el país las autoridades electorales y judiciales revocaron el registro de una fórmula completa y no solo una candidatura, por no cumplir con el criterio de no ser deudor de pensión alimenticio, bien por hacer valer la 3de3.
En el mismo documento indica que la dignificación de la política, como su ciudadanización van de la mano con una democracia genuina, por lo que sostenemos que es posible apostarle a vivir libres de violencia y por la paz en todas las relaciones públicas y privadas. Por eso vamos, para que en Sonora la 3de3 sea ley.
En este mes de julio se hará la difusión de la iniciativa ciudadana, la formación de los comités, impulso y creación de promotoras violetas.
En agosto se hará otra etapa, es una colecta de firmas y evento ciudadano: 3de3 contra la violencia hacia las mujeres, por una vida libre de violencia.
La tercera etapa es en septiembre, con la presentación de la iniciativa al Congreso Local, concertar con todas las diputadas y diputados para que respalden la iniciativa popular de la 3de3.
Lay iniciativa 3de3
1. No contar con antecedentes de denuncia, investigación o procesamiento y en su caso no haber sido condenado o sancionado mediante resolución firme por violencia familiar o doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.
2. No contar con antecedentes de denuncia, investigación o procesamiento y en su caso no haber sido condenado o sancionado mediante resolución firme por delitos sexuales contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
3. No estar inscrito o tener registro vigente como deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda ante las instancias que así correspondan.