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viernes, abril 26, 2024

Diputados aprueban que difusión de revocación no sea considerada propaganda

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De manera exprés, la Cámara de Diputados reguló la propaganda gubernamental, a través de un decreto “interpretación”, para permitir a los funcionarios públicos hacer campaña política o promover el proceso de revocación de mandato sin sanciones.

Con casi 15 de años de retraso, los legisladores abordaron la regulación de la propaganda gubernamental, que en la Constitución se ordenó regular desde 2007.

El “decreto de interpretación” avalado establece que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.

Es decir, la única restricción será que no se usen recursos públicos.

“Tampoco –añade– constituye propaganda gubernamental la información de interés público”, que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas.

La definición de qué es propaganda gubernamental busca que todo servidor público, desde el presidente hasta los legisladores, alcaldes o funcionarios, pueda realizar expresiones de carácter político con el único límite de no usar recursos públicos.

No aplicará la veda electoral impuesta a la propaganda gubernamental durante procesos electorales o proceso de revocación de mandato, pues las expresiones que emitan en público -en declaraciones o en redes sociales- ya no serán propaganda, según lo aprobado.

Ante la omisión del Congreso en regular como estaba obligado, desde 2007, ha sido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el que, vía sentencias, ordenó los criterios del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto a qué es propaganda gubernamental y sus limitantes durante procesos electorales, lo que había sido aplicable ahora al proceso de revocación de mandato.

La aprobación en lo general y en lo particular se dio con 268 en favor, 0 abstenciones y 213 votos en contra de la oposición, que advirtió que acudirá ante la suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en controversia constitucional.

Entre otras, las objeciones consisten en que se violó el proceso legislativo pues hoy a las 9:45 de la mañana se registró la propuesta –presentada por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez–, no se presentó ante el pleno ni se envió a comisiones para dictaminación sino que se obvió todo ese trámite.

Además, diputados de la oposición argumentan que sería ilegal “legislar” vía “decretazo de interpretación”, a lo que se suma que hay procesos electorales en curso y está prohibido por la Constitución modificar las reglas electorales 90 días antes de un proceso electoral.

La presentación, discusión y votación del asunto con el que se buscó saldar 15 años de omisión legislativa se resolvió en 7 horas y 15 minutos.+

Información de Expresión

Sigue toda la información en el noticiero de Proyecto Puente con el periodista Luis Alberto Medina a través de nuestro canal de YouTube, dando click aquí.

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