-Anuncio-
jueves, enero 15, 2026

TEPJF exige a AMLO frenar intromisión en elecciones

Noticias México

EEUU exige a México “resultados concretos y verificables” contra los cárteles de la droga

México y Estados Unidos sostuvieron una conversación diplomática en la que ambos gobiernos coincidieron en que es necesario reforzar...

Ebrard asegura que convenció a BTS de incluir a México en su gira: ‘Somos 130 millones, estamos esperando por ustedes’ les dijo

El secretario de Economía, Marcelo Ebrard, aseguró que convenció al grupo surcoreano BTS de realizar una gira en México,...

¿Cuándo entra en vigor la prohibición de vapeadores en México? Aquí te lo explicamos

A partir del 16 de enero de 2026 entrará en vigor en México la prohibición absoluta de la comercialización,...
-Anuncio-
- Advertisement -

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió un recurso por el cual exigió al presidente Andrés Manuel López Obrador frenar cualquier tipo de propaganda gubernamental o referirse a temas electorales durante la etapa de veda electoral, sobre todo en sus conferencias de prensa mañaneras o redes sociales.

Los magistrados le dieron la razón al Instituto Nacional Electoral (INE) que ayer dictó medidas cautelares para bajar conferencias de prensa mañaneras del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador por considerar que incurría en propaganda gubernamental ilegal.

El tema fue resuelto de inmediato por el TEPJF, órgano electoral que confirmó las medidas cautelares por la Comisión de Quejas del INE, incluyendo las relativas a que el presidente de la República aludido “se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de difundir propaganda gubernamental y/o de referirse a temas electorales, o a cualquier otra información que pudiera influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, y a efecto de dotarlas de plena eficacia y de verificar su cumplimiento sin obstáculo alguno”.

De la misma forma se percibió al titular del Ejecutivo Federal que, en caso de incumplimiento de las medidas cautelares, la Comisión de Quejas del INE podrá, de manera directa y sin trámite alguno, ordenar a cualquier concesionaria pública o privada el cese de cualquier transmisión o difusión de programas, spots o materiales de video o audio violatorios de las medidas cautelares referidas.

“Esta Sala Superior considera que se debe confirmar, en la materia de la impugnación, la resolución de la Comisión de Quejas, pues dicha autoridad evidenció, con bases objetivas y razonables, la inminencia de la repetición de conductas posiblemente infractoras de la normatividad electoral”, precisa la sentencia.

- Advertisement -
-Anuncio-
-Anuncio-

Más Noticias

Investigadores desarrollan terapia contra tumores basada en un sistema tipo LEGO

Un grupo de científicos desarrolló una innovadora estrategia para combatir el neuroblastoma, uno de los cánceres infantiles con peor...

Ebrard asegura que convenció a BTS de incluir a México en su gira: ‘Somos 130 millones, estamos esperando por ustedes’ les dijo

El secretario de Economía, Marcelo Ebrard, aseguró que convenció al grupo surcoreano BTS de realizar una gira en México,...

¿Demasiado tiempo frente al celular? La UNAM alerta sobre su impacto en rendimiento académico

La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) advirtió que la exposición prolongada a pantallas digitales tiene un impacto negativo...

Migrante cubano es identificado tras choque con vehículos de ICE en Texas

El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) confirmó la identidad del migrante acusado de impactar su vehículo...

SADER confirma pagos por más de 70 mdp a productores de trigo en Sonora

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) en Sonora dio a conocer que el programa Precio de Garantía...
-Anuncio-