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martes, julio 1, 2025

Sener publica en el Diario Oficial de la Federación suspensión de artículos de la reforma a la Ley de Hidrocarburos

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La Secretaría de Energía (Sener) publicó en el Diario Oficial de la Federación que se suspenden todos los efectos y consecuencias derivadas de algunos artículos de la reforma a la Ley de Hidrocarburos.

En particular se refiere al artículo 57, así como a los artículos cuarto y sexto transitorios, esto, según el aviso, durante la vigencia de la medida cautelar dictada por los jueces.

En el aviso detalla que el juez segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones resolvió conceder la medida para “el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que se encuentran”.

El Ejecutivo propuso una modificación al artículo 57, para establecer que, además de la ocupación temporal y la intervención, previstas en la legislación actual, se incluya la suspensión del permiso “a fin de garantizar los intereses de la Nación”.

También queda sin efecto el que “para la continuidad en la operación de las actividades que ampare el permiso, la autoridad podrá contratar a empresas productivas del Estado para el manejo y control de las instalaciones ocupadas, intervenidas o suspendidas”.

El artículo cuarto transitorio determina que la autoridad competente procederá a la revocación de aquellos permisos que, a la fecha de entrada en vigor del decreto (el pasado 5 de mayo) incumplan con el requisito de almacenamiento determinado por la Secretaría de Energía conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

En tanto, el artículo sexto transitorio ordena que al entrar en vigor el decreto, se revocarán los permisos respecto de los cuales se compruebe que sus titulares no cumplen con los requisitos correspondientes o que infrinjan las disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.

Es importante dejar en claro que la eficacia de esta medida cautelar no está sujeta a la publicación que se realice en el Diario Oficial de la Federación, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley de Amparo, ésta surte sus efectos desde el momento en que se dicta”, según el ordenamiento firmado por la titular de Energía, Rocío Nahle.

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