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miércoles, abril 24, 2024

¿Es la menstruación tema legislativo?

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“Todas me odian, pero cuando yo les falte ahí las quiero ver llorando” (La Menstruación).
El martes 8 de este mes de la Patria se presentó una curiosa iniciativa por parte del colectivo “Menstruación Digna” en la Cámara de Diputados, a través de Martha Tagle, de Movimiento Ciudadano, aunque también apoyada por legisladoras de las distintas fracciones parlamentarias (Proceso, 9.09.20).
La iniciativa consiste en reformar el artículo 2º “A” de la Ley del IVA, para “implementar una tasa 0% de IVA a productos de gestión menstrual como toallas sanitarias, tampones y copas menstruales, entre otros”, aduciendo que el actual impuesto de 16% es “discriminatorio y atenta contra los derechos humanos de las mujeres”.
En su exposición de motivos, destaca además que “atenta contra el acceso a la salud, la vida digna, el trabajo y la educación de las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas menstruantes”.
La propuesta, dicen, tiene por objeto “posicionar la gestión menstrual como tema público que debe ser incorporado a las políticas públicas para crear condiciones estructurales que permitan a todas las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas menstruantes en México, vivirla con dignidad”.
Desde luego se entiende que la tasa cero del IVA a artículos de higiene personal íntima femenina contribuye a la salud, porque al eliminar el gravamen se abaratan los productos y se hacen más accesibles a los consumidores, pero llaman la atención varios aspectos.
Si se trata de facilitar el acceso a productos de higiene personal, ¿no deberían entrar en la bolsa los jabones, champús, desodorantes, pasta dental, cepillos dentales, entre muchos otros de uso generalizado?
¿La tasa cero de un producto va a contribuir a la “gestión” de la menstruación? Para empezar, ésta es una función fisiológica periódica que no se gestiona, simplemente sucede. Se pueden gestionar recursos para la educación, para la salud, o soluciones a problemas personales, sociales, o a cuestiones administrativas, pero no una función orgánica.
Guardando las proporciones, pero está como decir que la tasa cero en el IVA del papel higiénico contribuye a la gestión de la defecación, lo que es más notable en tiempos de diarrea. Usted vacía sus intestinos con IVA o sin IVA, porque es una función fisiológica, tan natural e involuntaria como orinar o sudar, o la necesidad de alimentarse o respirar.
Por otra parte, no veo cómo el funcionamiento fisiológico normal de una mujer le puede impedir el acceso a la educación, al trabajo y a una vida digna, menos en tiempos en los que abunda la información y donde la tolerancia y la no discriminación son pauta social políticamente correcta.
Tampoco queda claro que además de las niñas, adolescentes y mujeres (sic) vaya a favorecer a “otras personas menstruantes”. Aquí es obligado preguntar ¿además de las mujeres (que por cuestiones anatómicas y fisiológicas tienen útero y ovarios) hay otros seres humanos que también menstrúan? ¿Cuáles?
Si se trata de incluir a personas como los travestis, transexuales y similares, lamentablemente no se puede hablar de menstruación ni como posibilidad fisiológicamente remota, en todo caso, llamémosle por aproximación diarrea, misma que se “gestiona” de otra manera.
También llama la atención que se pretenda “posicionar la gestión menstrual como tema público que debe ser incorporado a las políticas públicas”, siendo que por razones naturales y culturales la menstruación es un suceso natural, personal, periódico e íntimo, que en todo caso requiere orientación en materia de higiene por parte de las familias y en las escuelas del nivel básico. Las funciones fisiológicas no son fenómenos sociales, políticos o económicos, sino orgánicos.
En este punto, uno se puede preguntar ¿de acuerdo con qué idea de humanidad se puede sostener que las funciones fisiológicas requieren políticas públicas y, en particular, “que creen condiciones estructurales para permitir a todas las mujeres, niñas, adolescentes y otras personas menstruantes en México, vivirla con dignidad”? ¿De qué nos estábamos perdiendo en milenios, siglos y décadas antes de esta revelación convertida en iniciativa de ley? ¿La menstruación ocurre sin dignidad?
No dudo que la iniciativa tenga una finalidad reivindicativa y que elimine la discriminación, no de la mujer y “otras personas menstruantes” (sic), sino de los productos en sí, tomando como criterio que los artículos de higiene personal no deberían pagar IVA por ser de primera necesidad, tanto personal como de interacción social.
Lo que llama la atención, además de las observaciones arriba señaladas, es el momento político en que se lanza la iniciativa y en hecho de que es presentada por Movimiento Ciudadano, que junto con el PAN, PRD y PRI constituyen un frente clara e histéricamente opositor al gobierno de AMLO, aunque, según la fuente informativa, también es vista con simpatía por legisladoras del partido guinda.
De acuerdo con lo antes expuesto, pudiera ser pertinente no sólo afinar los conceptos y las intenciones de la iniciativa en comento, sino dar una buena revisada a todo el articulado a la Ley del IVA, para resolver y actualizar posibles lagunas o desfaces y dar, si corresponde, un mejor sentido social a la recaudación de este impuesto al consumo.
Pero sobre todo, resulta pertinente que cuando se presenten iniciativas vayan debidamente fundamentadas y mejor redactadas, para la cabal comprensión de su contenido y clarificación de sus propósitos.
http://jdarredondo.blogspot.com

Aviso

La opinión del autor(a) en esta columna no representa la postura, ideología, pensamiento ni valores de Proyecto Puente. Nuestros colaboradores son libres de escribir lo que deseen y está abierto el derecho de réplica a cualquier aclaración.

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