Dentro de las responsabilidad de las malas (os) servidores públicos, es donde sufrimos en este país la mayor impunidad, por ello la corrupción crece y creció tanto, es un “modus vivendi” de no pocos leperos y leperas, que atentan contra el patrimonio del Estado.
Por ejemplo, aunque la ley de responsabilidades y la constitución del Estado de Sonora delimitan a detalle en sus artículos 144, 145, 146, 147 y 148 las responsabilidades, penales, políticas y administrativas donde la impunidad es la constante, es la simulación , el encubrimiento así como la manipulación publica lo que prevalece, ¿debemos seguir permitiendo esto?….
Las consecuencias de sus conductas delictivas y abusivas.
Son muchas y variadas, que violentan el orden público y quebrantan al erario, el artículo 144 constitucional establece en su apartado III establece claramente lo siguiente.
III.- Responsabilidad Administrativa, exigible a los servidores públicos cuando éstos incurran en actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, incluyendo sin limitar, el manejo indebido de recursos públicos y de la deuda pública.
Las sanciones aplicables a esta forma de responsabilidad, además de las que señalen las leyes, consistirán en suspensión, destitución e inhabilitación del servidor público, así como en sanciones económicas, que deberán establecerse de acuerdo con los beneficios obtenidos por el responsable y con los daños y perjuicios patrimoniales causados por sus actos u omisiones, pero no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados.
Los malos servidores públicos no solo abusan de su deberes públicos, sino que causan un terrible y deplorables costo de oportunidad ya bien sea en las áreas de salud, educación, seguridad, etcétera…. ¡esto no lo podemos callar, no podemos permitirlo, denuncie!.
Que devuelvan lo robado, simulado, omitido o malversado
Las responsabilidades de los servidores públicos pueden ser penales, políticas y administrativas, casos como el desvió de fondos, el subejercicio presupuestal, el cohecho, el mal uso de programas, la pérdida de recursos y la omisión son fuentes de corrupción, que tienen a este país determinado por los corruptos (as), pero más que meterlos al bote hay que obligarlos a que regresen lo que se llevaron, a que respondan por su pésima actuación ¡eso es lo que debemos hacer!…
A nadie le sirve (aunque muchos (as) se lo merecen), que se pudran en la cárcel, hay que hacerlos pagar por la vía administrativa hasta tres tantos del quebranto ocasionado, destituirlos o “ir por ellos” si ya no son servidores en funciones, eso es lo que falta, que paguen en monetario el mal servicio público que hacen, porque la corrupción de funcionarios son delitos y crímenes de alcance social, es decir ¡que nos afectan a todos!.
Conclusión
Los malos servidores públicos merecen castigo ejemplar, por ser omisos, irresponsables o vulgares rateros, aunque algunos (as) sean de “angora”, muchos merecen ir a la cárcel, pero en su mayoría deben responder económicamente por el quebranto causado, no solo hay que tener fiscales anticorrupción incorruptibles e implacables, sino aplicar todo el peso de la ley, con nombres, apellidos, “santos, pelos y señales”, por ello la vía administrativa es muy clara y como dicen los gringos “you brake it, you pay it”…. ¿Así o mejor?
“El oponerse a la corrupción en el gobierno es la obligación más importante del patriotismo.” (G. Edward Griffin).