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sábado, septiembre 19, 2026

Otra bomba en la Suprema Corte

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Alejandro Sánchez
Alejandro Sánchez es periodista y autor de la columna Contra las Cuerdas, de El Heraldo de México.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibió una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas a las leyes de Amparo y Amnistía, por considerarlas peligrosas para México.

Pueden ser los últimos recursos a revisión de este calado de parte de los actuales ministros que conforman el máximo tribunal de justicia del país si es que Morena y sus aliados logran convencer o doblar  al menos a dos senadores de la oposición para tener las dos terceras partes en la Cámara alta en la siguiente Legislatura, la cual quedará conformada a partir de septiembre.

De acuerdo con el documento entregado a la Suprema Corte y de la que esta columna tiene copia, la Ley de Amparo es violatoria del principio de tutela judicial efectiva, así como garantías judiciales y protección judicial previstos.

La suspensión, sostienen los argumentos de la Acción de Inconstitucionalidad promovida por el PRI, PAN y PRD,  garantiza la efectividad del amparo porque  éste debe ser un mecanismo efectivo para la protección de los derechos humanos. La suspensión es el único medio para garantizar su efectividad. 

También considera que se viola el principio de progresividad porque  disminuye los avances en protección de derechos humanos por medio del amparo, que se habían conseguido con la reforma del año 2011 y con los criterios judiciales que limitaron el principio de relatividad de la sentencia del amparo.

Sobre la Ley de Amnistía, el documento señala que se violan los derechos de las víctimas porque se niega acceso a la justicia y al debido proceso al impedir que los tribunales emitan sentencias en favor de las víctimas del delito.

Al darse la  facultad general de amnistía al Ejecutivo, se deja a las víctimas indefensas.

La ley aprobada contradice obligaciones de garantizar la Tutela Judicial, y los derechos a la verdad, justicia y reparación de víctimas, así como la esfera de facultades de la autoridad judicial en la materia.

El sustento para llevar la Acción de Inconstitucionalidad invade facultades del Legislativo Federal al otorgar al Ejecutivo una facultad que está reservada exclusivamente para el Congreso de la Unión.

La amnistía no es igual al indulto, y es una facultad exclusiva del Congreso de la Unión. No se justifica esta medida en la búsqueda del derecho a la verdad: pues en el derecho internacional se ha señalado que el derecho a la verdad no alcanza para hacer nugatorio el acceso a la justicia.

Hasta ahora, las Acciones de Inconstitucionalidad de la alianza PRI-PAN-PRD han sido recibidas por la Corte y las sentencias han sido en contra del Ejecutivo y de Morena.

POR ALEJANDRO SÁNCHEZ
CONTRALASCUERDASMX@GMAIL.COM           
@ALEXSANCHEZMX

Aviso

La opinión del autor(a) en esta columna no representa la postura, ideología, pensamiento ni valores de Proyecto Puente. Nuestros colaboradores son libres de escribir lo que deseen y está abierto el derecho de réplica a cualquier aclaración.

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