La Fiscalía General de la República (FGR) informó que, en definitiva, no ejercerá acción penal en la investigación por la presunta tortura contra Mario Aburto, asesino confeso del candidato Luis Donaldo Colosio. en marzo de 1994.
Luego de vencer el plazo de tres días que dio la jueza Paloma Xiomara González, el Ministerio Público (MP) le notificó que fue “autorizada la consulta de no ejercicio de la acción penal de la averiguación previa”.
Ante esto, la titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en materia Penal impuso tres días como plazo para que Aburto Martínez y su defensa expresen lo que a su derecho convenga.
En 2023, la Fiscalía Especial de Investigación del Delito de Tortura determinó no decretar el no ejercicio de la acción penal al no acreditar el delito de tortura contra el asesino confeso.
En ese momento, la defensa de Aburto impugnó la resolución ministerial siempre y cuando la FGR, “con la debida diligencia, profesionalismo, eficacia y eficiencia” integrara la carpeta de investigación respectiva.
Antonio González García, entonces titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal, dio un plazo de 6 meses a la Representación Social de la Federación para pronunciarse, pero venció el 30 de septiembre de 2023.
Después, el juez ofreció una prórroga de dos meses al MP ante la petición de realizar algunas diligencias, y concluyó el 1 de diciembre.
La Fiscalía Especial de Investigación del Delito de Tortura determinó en la averiguación previa 2080/94, decretar el no ejercicio de la acción penal porque no se acreditó el delito de tortura contra Mario Aburto.
Con información de Milenio